Renta

Hacienda no obligará a devolver la ayuda de maternidad a las trabajadoras que estuvieron en ERTE

Prohíbe a la Agencia Tributaria que envíe requerimientos de devolución de estas ayudas y prepara un cambio legal para que no se vuelva a producir

Una madre ajusta la silla de su bebé en el coche
Una madre ajusta la silla de su bebé en el cocheARchivoLa Razon

La trabajadoras que sufrieron expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) durante la pandemia y que se aplicaron las deducciones de maternidad en su declaración de la renta no tendrán que devolver esta ayuda. Así lo ha dispuesto el Ministerio de Hacienda, que incluso está preparando un cambio legal para dar solución definitiva a esta situación y que no haya disfunciones en el futuro.

Varias delegaciones de la Agencia Tributaria habían enviado notificaciones oficiales a las trabajadores afectadas por los ERTE que se habían aplicado esta deducción para reclamarles la devolución de estas cuantías por no tener derecho a ellas -como ha adelantado la Ser-. Sin embargo, fuentes ministeriales confirmaron a LA RAZÓN que no había existido ninguna instrucción general desde la sede central de Hacienda para revisar estas ayudas y que, ante lo sucedido, ya se había dado instrucciones para garantizar que ninguna delegación remita ningún requerimiento más en este sentido y que los ya enviados quedaran sin efecto.

Las mismas fuentes han explicado que hasta ahora se ha aplicado el mismo criterio desde 2013, por el que en los casos de ERTE en los que se suspenda el contrato de trabajo no es compatible la deducción por maternidad de 1.200 euros. Según el texto normativo, para cobrar dicha deducción se exige que se “realice una actividad por cuenta propia o ajena”, con lo que se entiende que en los meses en los que el contrato de trabajo se encuentre suspendido no existe tal actividad. Por tanto, Hacienda asegura que no se ha producido ningún cambio interpretativo, ya que en el caso de los ERTE esta deducción por maternidad era compatible en los que se mantenga una cierta actividad -por ejemplo los de reducción de jornada-, pero no lo era sobre la suspensión total del contrato de trabajo, ya que perdía el derecho a la deducción porque ya no se está realizando una actividad por cuenta propia o ajena, como exige la ayuda.

Por esta razón, y para evitar agravios comparativos, Hacienda ha emitido una instrucción para que las delegaciones de la Agencia Tributaria corten el envío de requerimientos hasta que se dé luz verde al cambio normativo que evitará las devoluciones para todas las trabajadoras que haya estado en ERTE, tanto las de jornada parcial como total. Además, esta decisión se sumará a la ayuda de maternidad a mujeres que hayan cotizado un mes o recibido una prestación contributiva o asistencia -en vigor desde el día 1 de enero-, que extendió la compatibilidad de la desgravación con el cobro de la prestación de desempleo.

Así lo ha confirmado hoy la propia ministra, María Jesús Montero, ante los periodistas en un desayuno informativo organizado por Nueva Economía Fórum, que ha explicado que “en el momento en el que hemos tenido conocimiento de que efectivamente se podía producir una interpretación que no favoreciera a las mujeres, le hemos dicho a la Agencia Tributaria que paralice cualquier actuación en ese sentido”. La titular de Hacienda ha recordado que, antes de la crisis sanitaria de 2020, no había tantas mujeres que hubieran estado en ERTE, pero eso cambió con la pandemia. “Cuando se detecta una situación no deseada se dan las instrucciones para corregirla, aunque implique cambios normativos. Vamos a revisar todos los expedientes”, ha confirmado Montero.