Seguridad Social

Estas son las preguntas “trampa” que le hará el tribunal médico para concederle la pensión de incapacidad permanente

Estos sanitarios deberán valorar si el solicitante tiene derecho a esta prestación o no

Los accidentes o enfermedades pueden surgir en el momento más inesperado, alterando por completo el día a día de una persona, y, en definitiva, su vida. Aunque estas dolencias puedan ser temporales en algunos casos, en otros muchos acompañarán a estos individuos por un tiempo prolongado o de forma definitiva, haciendo que no puedan desarrollar actividades diarias tan “simples” como hacer la compra o desempeñar su trabajo.

En este contexto, desde la Seguridad Social ofrecen a los ciudadanos de nuestro país una prestación económica de incapacidad permanente que trata de “cubrir la pérdida de ingresosque sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral”.

No obstante, estas pensiones no tienen unos requisitos uniformes, sino que será el tribunal médico o la Administración quien deberá valorar si el solicitante tiene derecho a una pensión por incapacidad permanente o no; proceso obligatorio para cualquier persona que desee solicitar una baja de largo periodo.

¿Cómo funciona el tribunal médico?

La clave es que se debe comprobar si dicha enfermedad que ha llevado a la persona ante estos profesionales le afecta en su actividad laboral cotidiana, no solo para concederle la prestación, sino también para saber el grado de incapacidad que presenta.

En este sentido, el informe que evalúan estos sanitarios incluyen aspectos tales como antecedentes patológicos y médicos; los tratamientos que se han efectuado; las posibilidades terapéuticas y rehabilitadoras; o incluso las limitaciones originas y funcionales, entre otras, tal y como detalla la página web de Fidelitis.

Además de comprobar esta información, los miembros del tribunal tendrán una entrevista personal con el trabajador donde le podrán realizar las peticiones que consideren precisas para conseguir la información necesaria, así como preguntas personales sobre su estado general y sus condicionales físicas. Este encuentro suele tener una duración de media hora, tal y como explican desde 65ymás, y entre las preguntas “trampa” que pueden hacernos están las siguientes:

  • ¿Qué tal se encuentra?: A pesar de que esta pregunta pueda aparecer a simple vista trivial, esta es muy importante para los sanitarios con el objetivo de conocer las sensaciones del paciente
  • ¿Ha mejorado de su enfermedad o lesión en el tiempo que lleva de baja?: Esta es una pregunta clave para saber si es posible una mejora de la dolencia que tiene el ciudadano y si este puede llegar a recuperarse de forma definitiva o disminuir el grado de incapacidad.
  • ¿Ha venido solo o acompañado?: Este interrogante puede resolver la duda al tribunal sobre la independencia y autonomía que la enfermedad deja al solicitante de esta prestación, y si le permite o no ser dependiente.
  • ¿En qué puesto trabaja? y ¿qué tipo de tareas solía realizar a diario?: Ambas preguntas en cuestión son para saber si el paciente puede desempeñar o no su actual función en la empresa o si es capaz de llevar a cabo otras labores en ese negocio o en otro.

La autoridad tiene un plazo máximo de 135 hábiles para emitir una resolución, aceptándola o no. En este sentido, más de la mitad de las solicitudes de este tipo de prestaciones se deniegan, según datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).