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Energía

Bélgica embarga las cuentas de Enaire que mueven 500 millones por el impago de las renovables

La justicia belga bloquea las tasas aéreas que España recauda vía Eurocontrol para satisfacer el pago de una sentencia que suma 73 millones

Molino eólico oxidado LR

El Tribunal de Primera Instancia de Bruselas autorizó el pasado 12 de julio de 2025 el embargo efectivo de las cuentas bancarias del operador público español de navegación aérea Enaire.

Se trata de los fondos recaudados por Eurocontrol (Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea), en concepto de tasas aéreas por el uso del espacio europeo.

La decisión llega tras el impago reiterado del laudo dictado en el caso RREEF Infrastructure GP Ltd contra el Reino de España por el que el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), una institución del Banco Mundial, condenó a Estado a indemnizar con 59,6 millones de euros, más intereses de demora, a esta firma, por los recortes retroactivos a las primas renovables.

Los abogados del Reino de España, representados por el bufete NautaDutilh, invocaron la decisión de la Comisión Europea del 10 de noviembre de 2017 para oponerse a la ejecución, alegando que mientras siga abierta la investigación comunitaria no se pueden ejecutar laudos derivados del Tratado de la Carta de la Energía (TCE).

Según esta tesis, los laudos intra-UE están prohibidos y esa prohibición se extiende también a la justicia belga.

Sin embargo, el argumento fue rápidamente desmontado por los abogados del caso RREEF, del bufete Loyens & Loeff, al señalar que la matriz inversora está domiciliada en suelo británico, fuera del alcance jurisdiccional de la UE.

Al constatar esta certeza, la jueza belga, Els De Breucker, falló a favor de RREEF, que ha gestionado el caso a través de Blasket Renewable Investments, y ordenó el embargo.

La inversión de RREEF se remonta a los años 2007-2010, en proyectos eólicos y solares en Andalucía, bajo el esquema de primas garantizadas (feed-in tariff) promovido por el propio Gobierno de España.

Posteriormente, España cambió las reglas del juego de forma retroactiva, con distintos cambios entre 2010 y 2014 que alteraron el esquema retributivo propuesto originalmente, modificándolo de hecho de manera retroactiva.

El tribunal del CIADI que dirimió la disputa entre RREEF, al amparo del TCE, concluyó que España violó el estándar de Trato Justo y Equitativo (FET, por sus siglas en inglés), así como los principios de estabilidad y transparencia, al alterar de forma retroactiva las condiciones prometidas a los inversores.

El laudo, dictado en 2019, impuso una indemnización de 59,6 millones de euros. A esta cifra hay que sumarle la acumulación de intereses desde el 30 de junio de 2014 a una tasa del 2,07%, así como distintas condenas en costas sufridas por España, lo que eleva el total pendiente de pago a unos 73 millones de euros.

El fallo de la justicia belga ordena a Eurocontrol notificar a Enaire en un plazo máximo de 15 días.

Las cuentas embargadas mueven hasta 500 millones de euros al año en tasas aéreas, con especial volumen en los meses de verano. Cualquier perturbación en estos flujos podría tener un impacto sobre los servicios aéreos comerciales y de carga.

Más de 25 laudos pendientes de pago

España acumula un total 26 laudos pendientes de pago por el caso de las renovables, con una deuda cercana a los 1.493 millones de euros debido al principal de estas decisiones.

A esa cifra hay que sumarle alrededor de 180 millones en concepto de intereses de demora, así como el impacto de las condenas en costas, que rebasan los 90 millones.

Si a esta cifra le sumamos los honorarios dedicados a la contratación de consultores y bufetes, encontramos que las obligaciones derivadas de los impagos rondan los 1.865 millones de euros.

Ningún otro país tiene un mayor número de condenas arbitrales en situación de impago, y solo Venezuela y Rusia comparten con España el dudoso honor de figurar como deudores reincidentes.

Este nuevo varapalo legal llega apenas unas semanas después de que el Gobierno español accediera a pagar -por primera vez- uno de estos laudos, referido al caso del grupo japonés JGC.