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Hacienda

Las 'cartas del miedo' de Hacienda: 80.000 contribuyentes podrían ser sancionados

En caso de cualquier error, Hacienda se comunica con el contribuyente para subsanar la declaración de la renta

Mensaje de la Agencia Tributaria en un teléfono móvil. La Razón

La declaración de la renta comenzó el pasado 2 de abril para todos los ciudadanos que deben declarar sus resultados fiscales correspondientes al ejercicio de 2024. Un proceso que no todo el mundo está obligado a realizar, pero que es conveniente puesto que, en muchas ocasiones, es el organismo público el que debe pagar al contribuyente.

La campaña durará aproximadamente tres meses, y concluirá el próximo 30 de junio. Sin embargo, las cuentas con Hacienda pueden no terminar en esa fecha. Y es que el organismo público se podrá poner en contacto con algunas personas en caso de que la declaración realizada presente errores.

Por ello, desde la Agencia Tributaria mandarán las famosas 'cartas del miedo' para notificar y comunicar al ciudadano que se debe producir una revisión de la declaración en el menor tiempo posible.

Las cartas del miedo de Hacienda

Será a partir del 1 de julio cuando la Agencia Tributaria empezará a mandar estas cartas a todos los contribuyentes que hayan podido cometer un error en el procedimiento. En este caso, es una comunicación que se produce desde Hacienda con el objetivo de realizar un control fiscal.

Por ello, su finalidad no es sancionar de inmediato, sino invitar a revisar la declaración presentada. En total, se prevé el envío de unas 80.000 notificaciones por errores, inconsistencias o incumplimientos.

Además, desde el Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha) aclaran que las notificaciones son meramente informativas y otorgan al afectado la oportunidad de regularizar su situación de manera voluntaria. En caso de no poner solución al problema, Hacienda podría comenzar una inspección.

Tipos de notificaciones

En caso de recibir una carta de este tipo, es importante saber que no todas tienen el mismo nivel de urgencia ni las mismas implicaciones legales. Según la naturaleza del error, el contribuyente puede recibir distintos tipos de comunicaciones:

  • Requerimiento: se envía cuando hay discrepancias entre la declaración y la información fiscal que posee Hacienda. Responder es obligatorio, y no hacerlo puede implicar sanciones.
  • Propuesta de liquidación: Hacienda propone modificar la declaración porque considera que el contribuyente ha pagado menos de lo debido.
  • Inicio de inspección: supone la apertura formal de una investigación.
  • Expediente sancionador: se comunica cuando ya se ha determinado que existe una infracción fiscal y se inicia el procedimiento para imponer una sanción económica.
  • Carta informativa: No requiere respuesta. Sirve de aviso para que el contribuyente revise su situación.
  • Providencia de apremio: Hacienda va a cobrar una deuda. Se aplica un recargo del 10 % si se paga en plazo.
  • Diligencia de embargo: Hacienda informa de que va a proceder al embargo de bienes o cuentas para saldar la deuda pendiente.

¿Cómo debe reaccionar el contribuyente?

Una vez llega la notificación al domicilio, el ciudadano debe tomar una de las siguientes medidas:

  • Presentar una declaración complementaria.
  • Aportar documentación adicional que respalde los datos declarados inicialmente.
  • Solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago en caso de estar obligado a pagar y por razones económicas no pueda hacerlo en un único pago.

Posibles sanciones

Si el contribuyente no soluciona cualquier tipo de error o incoherencia, las sanciones económicas pueden llegar a ser elevadas. Las sanciones por declarar fuera de plazo oscilan entre el 50 % y el 150 % del importe debido. Si el contribuyente no paga lo declarado por un error bancario o falta de fondos, puede enfrentarse a recargos del 10 % al 20 %. Incluso las declaraciones positivas fuera de plazo pueden acarrear multas de alrededor de unos 200 euros.

Por ello. es recomendable atender a estos avisos desde la Agencia Tributaria y no ignorar cualquier tipo de comunicación que se produzca desde el organismo público.

Los cuatro errores más vigilados por Hacienda

La labor de Hacienda es comprobar que los ciudadanos declaran correctamente sus respectivos ejercicios anuales. Por ello, ante cualquier error, el organismo público se encarga de sancionar a los contribuyentes.

Dentro de estos errores, existen cuatro que son muy comunes entre los ciudadanos. El primero de ellos se debe a los posibles descuadres entre los datos declarados y la información que recibe Hacienda de terceros, ya sean bancos, empresas o notarios. Ante cualquier discrepancia, la Agencia Tributaria puede tomarlo como un intento de fraude, solicitando una revisión de la información al ciudadano en cuestión.

Por otro lado, uno de los aspectos más vigilados por Hacienda es el movimiento de dinero sin justificación alguna. Si un ciudadano ingresa o saca dinero en efectivo del banco sin justificar, la Agencia Tributaria puede sospechar.

Por ello, si se presenta una declaración de la renta con errores u omisiones, como por ejemplo no aplicar las deducciones debidas a las ayudas o subvenciones, Hacienda puede iniciar una revisión.

En tercer lugar, cualquier error o inconsistencia es motivo de sospecha. Olvidar declarar una ayuda recibida, aplicar una deducción que no corresponde o cometer errores en el cálculo de ingresos o gastos son fallos que pueden derivar en una investigación. Además, si el organismo público determina que el error ha sido provocado, se puede llegar a imponer una sanción económica.

Por último, los autónomos y las empresas también deben tener cuidado al presentar la declaración de la renta, puesto que las declaraciones trimestrales y anuales deben tener un sentido entre ellas. Cualquier desajuste que se produzca en estos modelos puede poner en alerta a Hacienda. Además, es necesario saber que los autónomos están obligados a realizar este procedimiento, sea cual sea la cifra exacta de ingresos.