Consumo

Centros Único entra en concurso de acreedores: este es el plazo máximo para reclamar si eres un cliente afectado

La reclamación junto a la documentación necesaria se deben remitir a PKF Attest Concursal SLP

Economía.- El BOE publica la entrada en concurso de acreedores de los centros de depilación Único
Imagen de archivo de una clienta durante una sesión de depilación láserEuropa Press

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este pasado viernes, 20 de septiembre, la entrada en concurso de acreedores de las empresas propietarias de los centros de depilación láser y medicina estética Único. La compañía tiene 115 centros de los cuáles el 78% son propios y el 22% de franquiciados, por lo que aunque algunos franquiciados podrían seguir abiertos, todos los centros propios cerrarán, dejando a miles de clientes con sus tratamientos a medias. A estos no les queda más remedio que iniciar un proceso de reclamación, pero tiene que tener en cuenta que el plazo para hacerlo acaba pronto: el 10 de octubre, alerta la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

¿Qué documentación debo recopilar para reclamar?

La OCU aconseja a los afectados que soliciten a la clínica su historia clínica con el fin de poder reclamar el crédito de la parte del tratamiento no realizado en caso de que la empresa finalmente entre en concurso de acreedores. También pide a los usuarios que conserven toda la documentación que demuestre la vinculación con la clínica o el prestador del servicio: desde publicidad, a contratos, facturas, presupuestos...hasta que hayan recuperado todo el dinero.

Cómo presentar la reclamación

Hay que remitir la documentación antes del 10 de octubre a PKF Attest Concursal SLP, a la atención de D. Iker Filloy Nieva, con domicilio en la calle Orense 81, 4º, 28020 Madrid. Bien en persona, a través de email concursogrupogavia@pkf-attest.es o teléfono 91 556 11 99. "Es igualmente importante que en esta comunicación quede constancia del importe pendiente de devolución a fin de que sea reconocido como un crédito concursal", apunta la OCU. Además, en caso de haber sufrido una mala praxis deben presentar una reclamación ante las Autoridades Sanitarias de la comunidad autónoma.

¿Y si se pidió un crédito para financiar los tratamientos?

En caso de que los tratamientos se hayan financiado a través de una entidad vinculada al contrato de servicios estéticos, los usuarios también deben dirigirse por escrito y de forma fehaciente al departamento o servicio de atención al cliente de la entidad financiera donde tuvieran el crédito, para solicitar su anulación por no haberse prestado el servicio. Al no cumplirse lo pactado, ese crédito deja de ser exigible. Si pasados dos meses la entidad no responde o su respuesta no es satisfactoria, se puede presentar una reclamación ante el Banco de España.

Pese a todo ello, la OCU advierte de que es difícil que los afectados puedan recuperar las cantidades reclamadas, ya que "lamentablemente la ley sitúa a los consumidores como los últimos en la lista de acreedores". Por ello, la Organización reclama que se implemente una mejor regulación de estos servicios, que se realicen mayores inspecciones y controles y que se lleva a cabo una modificación urgente de los procedimientos concursales para que los créditos a los consumidores gocen de privilegio frente al resto de acreedores.