Vivienda

Estos son los documentos que debes llevar ante el notario para comprar una vivienda

Cuidado, la falta de alguno de estos papeles puede impedir la transacción. El propietario del inmueble debe aportar mayor número de documentos

REPORTAJE SOBRE EL "BOOM" INMOBILIARIO. CONSTUCCION, VIVIENDAS, INMOBILIARIAS, PISO PILOTO, SE VENDE, SE ALQUILA, VENTA, ALQUILER, OBRA NUEVA, LADRILLO. © JESUS G. FERIA. 08-01-2019.
Oferta de viviendas en venta en una agencia inmobiliaria © JESUS G. FERIALa Razón

Aunque el encarecimiento de la vivienda y de la financiación han reducido la compra y firma de hipotecas, los españoles siguen prefiriendo la propiedad antes que el alquiler. Si está a punto de invertir en una vivienda o está en proceso de vender la suya, debe conocer los documentos que deberá presentar ante el notario para cerrar la transacción. Cuidado, la falta de alguno de estos papeles puede impedir la compraventa.

Como comprador, debe llevar ante el notario los siguientes documentos, detalla el portal inmobiliario Fotocasa:

1. DNI/CIF o tarjeta de residencia en vigor. Comprador, vendedor y avalista, si lo hubiera, deberán presentar su documento de identidad en vigor para identificarse ante el notario.

2. Estado civil, régimen matrimonial y domicilio.

3. Ficha de información personalizada (FIPER) y oferta vinculante. Ambos documentos entregados por el banco al comprador.

4. Poder notarial, si alguien actúa en su representación en caso de no poder presentarse ante notario.

5. Contrato de arras. Una vez vistos los principales documentos antes de comprar una vivienda, aún queda revisar el contrato de arras, donde constan los detalles de la vivienda y la operación, y la escritura pública de compraventa.

Además, explica Fotocasa, para el momento de la firma también deberá tener hipoteca aprobada, el cheque para el pago listo, la provisión de fondos de hipoteca… Ante cualquier duda, puede consultarle al notario los documentos que debe entregar el día de la firmar.

Por su parte, el propietario también deberá aportar un serie de documentos el día de la firma y, de hecho, bastantes más que el comprador. Estos son:

1. DNI/CIF o tarjeta de residencia en vigor.

2. Estado civil, régimen matrimonial y domicilio.

3. Título de la propiedad, ya sea la escritura de propiedad, la herencia o la donación (en tal caso también habrá que presentar el documento de aceptación de la herencia). Es el documento más importante.

4. Recibo del último pago del IBI: el vendedor también debe facilitar el último recibo del IBI para acreditar estar al corriente de pago. Es habitual que si la vivienda se compra pasados unos meses desde el inicio del año, cada parte asuma la parte proporcional a los meses durante los que sea titular.

5. Certificado energético: este es el documento que indica el nivel de eficiencia energética de la vivienda y es obligatorio para vender.

6. Certificado de estar al corriente de los gastos de la comunidad: este documento lo debe pedir el vendedor al presidente de la comunidad o al administrador e indica que el actual dueño no tiene ninguna deuda con la comunidad de vecinos.

7. Últimas facturas pagadas de los suministros para acreditar que no hay recibos pendientes de luz, agua y gas.

8. Cédula de habitabilidad: es un documento que certifica que el inmueble cumple las condiciones mínimas de habitabilidad y es obligatorio en algunas comunidades como Cataluña, Comunidad Valenciana, Navarra, Cantabria, Murcia, Baleares, Extremadura y La Rioja. Para tramitarlo por primera vez, o renovarlo, es necesario contactar a un técnico cualificado para que inspeccione nuestra propiedad.

9. Certificado del ITE: si la vivienda tiene más de 45 años de antigüedad, el vendedor asimismo deberá de presentar el certificado de inspección técnica del edificio (conocido como ITE), que es una revisión que deben pasar los edificios de cierta antigüedad. Se puede vender sin él, pero el comprador debe exonerar al vendedor de su presentación de forma expresa ante el notario.

10. Certificado de deuda hipotecaria pendiente. En el caso de tener una hipoteca pendiente, deberá pedir en el banco este certificado si va a cancelar el préstamo con el dinero de la venta.

11. Poder notarial. También necesitará este documento si no puede acudir el día de la firma ante notario y alguien le representará.