Inspección de Trabajo

La Inspección de Trabajo es firme: multa de 60.000 euros a una empresa por negar la entrada a un inspector

La autoridad laboral ha sancionado a una empresa tras no poder realizar las labores de supervisión

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Yolanda Diaz (Sumar)Alberto R. RoldánLa Razón.

Las inspecciones de Trabajo son más frecuentes de lo que muchas empresas creen. Se trata de una supervisión que se realiza cuando se sospecha sobre la actuación de una empresa o, simplemente, a modo de corroborar que todo está en orden y se cumple con la ley.

Estas actuaciones oficiales realizadas por la autoridad laboral sirven para verificar que una empresa o un trabajador cumplen con las normas legales relacionadas con el trabajo y la seguridad social. En este caso, su propósito no es otro que proteger los derechos de los trabajadores y garantizar unas condiciones laborales seguras y legales.

Sin embargo, se pueden dar situaciones inéditas que implican una sanción. Es el caso de una empresa de logística, que se ha visto perjudicada económicamente por la Inspección de Trabajo. Y es que en una de las supervisiones que estaba efectuando Trabajo, la empresa negó el acceso a los supervisores, lo que ha acabado con una multa económica de grandes dimensiones.

Una empresa es multada por denegar el acceso a los inspectores de Trabajo

La Inspección de Trabajo pueden sancionar a las empresas cuando se detecta alguna irregularidad. Sin embargo, estas multas se pueden producir cuando los propios inspectores no pueden desarrollar su trabajo en condiciones.

Es el caso de una empresa de logística y manipulación conquense, que ha sido multada por Trabajo por negarle el acceso a dos subinspectores que se personaron en sus instalaciones. El gerente de la compañía negó el paso argumentando la existencia de robos frecuentes en la zona, temiendo que se trataba de una estafa antes que una inspección real y totalmente legal.

Un hecho que se produjo en 2023, y donde los subinspectores acudieron al local para informar de la inspección que se iba a realizar y para identificar a todos los trabajadores que se encontraban en el lugar. Una vez en el interior de las instalaciones, la persona identificada como el gerente y administrador de la mercantil dudó de las competencias de los inspectores, impidiendo que pudieran realizar las funciones a las que se dirigían e invitándoles a abandonar la empresa.

La sanción a la empresa tras este error

Y es que este error fatal ha provocado que la empresa sea sancionada económicamente. La Inspección de Trabajo se amparó en el Real Decreto Legislativo 5/2000, y ante la imposibilidad de cumplir con su trabajo, Inspección ha interpuesto una multa de 60.000 euros.

Se trata de una infracción muy grave puesto que la decisión del gerente impedían la entrada o permanencia en el centro de trabajo de los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y de los Subinspectores.

En concreto, la sanción se justifica como "obstrucción de la realización de la función inspectora".

La empresa trató de recurrir

Tras comprobar que era una inspección real y que existía una sanción, la empresa presentó una demanda de impugnación ante el Juzgado de lo Social nº2 de Cuenca pretendiendo que los magistrados dejaran sin efecto la sanción establecida.

Según la empresa, los subinspectores "no entraron por un lugar habilitado para el público". No obstante, los inspectores llegaron a identificarse hasta en dos ocasiones, algo que ha sido clave para la decisión final.

Y es que el titular del juzgado ha desestimado la demanda presentada por la empresa, al entender que “queda acreditada la infracción” y, por tanto, confirmando la sanción de 60.000 euros. Según la sentencia, el juzgado no acepta el hecho de desconfianza por la existencia de robos en la zona como justificación a denegar el acceso a los inspectores.