
Reforma legislativa
El PP lleva al Senado una reforma del Código Penal para que los propietarios de las viviendas okupadas puedar cortar los suministros
La reforma busca despenalizar el corte de servicios básicos siempre y cuando la propiedad esté siendo objeto de una ocupación. Hasta ahora hacerlo está penado con prisión

El Partido Popular ha decidido aprovechar su mayoría parlamentaria en el Senado y, ante el bloqueo de su Ley Antiokupación en el Congreso de los Diputados, los populares dan un paso más en la Cámara Alta para sacar adelante las medidas cercadas por la Mesa de Armengol.
En este sentido, el Senado debatirá este miércoles una Propuesta de Ley impulsada por los de Núñez Feijóo para modificar el Código Penal y que los propietarios de los inmuebles okupados puedan interrumpir el corte de suministros básicos a los inquilinos ilegales, sin que los primeros se enfrenten a un posible delito de coacciones.
En el escrito registrado en la Cámara Alta, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, los populares justifican dicha medida dado el aumento de casos de usurpación y allanamiento de morada del año 2024 con respecto a 2023, que creció en un 7,4% (de 15.289 casos en 2023 a 16.400 casos en 2024).
Además, el PP pone de ejemplo a Cataluña, que es la comunidad autónoma de España en la que "más delitos de usurpación y allanamiento de morada se produjeron", con un total de 7.009 casos, que suponen el 42% de los ocurridos en el país. A esta le siguen Andalucía (2.207), Comunidad Valenciana (1.767) y Madrid (1.451).
La jurisprudencia avala la modificación del Código Penal
Los populares reflexionan en el escrito registrado que en marzo de 2025, los magistrados de la Audiencia Provincial de Barcelona fallaron que "el titular de una finca no tiene obligación de mantener el alta de los suministros de dicho inmueble. El corte de suministros de una finca ocupada ilegalmente en ningún caso puede ser considerada delito de coacciones".
Por este motivo, el PP quiere modificar el artículo 172 del Código Penal, en el que se contempla la tipificación del delito de coacciones. Para ello, buscan añadir un nuevo párrafo en el que se especifique que "la interrupción de suministros de una finca ocupada ilegalmente en ningún caso puede ser considerada delito de coacciones".
De este modo, la medida, impulsada con el objetivo de dotar a los propietarios de una herramienta legal más efectiva para recuperar su inmueble, despenalizaría el corte de servicios básicos como la luz o el agua, siempre y cuando la propiedad esté siendo objeto de una ocupación sin el consentimiento o título legal del dueño, diferenciando esta acción del delito de coacción que se castiga con penas de prisión.
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