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Presupuestos generales 2014

Los municipios muy endeudados deberán sanearse en cinco años

El Gobierno les da dos años «extra». Exige reducir la deuda por debajo del 75% de los ingresos y entrar en superávit

La Razón
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El anteproyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 dedica la septuagésima disposición adicional a las entidades locales en déficit o muy endeudadas, y el Gobieno propone concederles un plazo máximo de cinco años, por los tres anteriores, para realizar el pertinente saneamiento de sus cuentas públicas. Con este cambio normativo, los ayuntamientos, diputaciones provinciales, cabildos y todos los organismos dependientes de los mismos que tengan una deuda superior al 75% de sus ingresos o estén en desequilibrio presupuestario lograrán dos años «extra» para acometer sus planes de ajuste.

El texto propone que «en el caso de que las entidades locales presenten ahorro neto negativo –déficit público– o endeudamiento superior al 75% de sus ingresos corrientes liquidados en el ejercicio inmediato anterior [...], las corporaciones locales, mediante acuerdo de sus respectivos Plenos, deberán aprobar un plan de saneamiento financiero o de reducción de deuda, para corregir, en un plazo máximo de cinco años, el signo del ahorro neto o el volumen del endeudamiento, respectivamente». La anterior legislación planteaba un escenario de saneamiento con un límite máximo de «tres años».

El citado proyecto para sanear las cuentas públicas de las corporaciones locales deberá reducir el desequilibrio entre ingresos y gastos –déficit público, si lo hubiese–, hasta lograr el equilibrio presupuestario o incluso el superávit, advierte Hacienda.

En lo que respecta al capítulo de la deuda pública, aquellos ayuntamientos cuyo volumen de deuda se sitúe entre el 75% y el 110% de sus ingresos corrientes deberá reducirse hasta que se sitúe por debajo del primer porcentaje.

«En los restantes supuestos de endeudamiento excesivo, el plan de reducción de deuda deberá corregir el nivel de deuda, como máximo, al porcentaje fijado» en eñ artículo 53 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales». Este porcentaje es del 110% de los ingresos, y es el nivel al que deberán reducir su endeudamiento aquellas corporaciones locales excesivamente endeudadas cuyo pasivo supere, por tanto, el límite anteriormente expresado.

El anteproyecto de los PGE para 2014 plantea además un «informe anual de cumplimiento de estos planes». En concreto, establece que «el interventor de la entidad local deberá emitir un informe anual del cumplimiento de estos planes, y presentarlo al Pleno de la corporación local para su conocimiento».

Además, el Ministerio de Hacienda impedirá a aquellas corporaciones locales que no cumplan los requisitos anteriores emitir deuda o realizar «operaciones de refinanciación de crédito a largo plazo» sin su permiso. Por otra parte, abre la puerta, en caso de incumplimiento de los planes, a «proponer medidas extraordinaria que deberán adoptar las entidades locales afectadas». Entre ellas, cita «medidas coercitivas y de cumplimiento forzoso». Por ejemplo, la asunción de competencias en materia de tributos por parte del Estado y multas representativas del 0,2% del PIB más intereses.