Trabajo
Los parados podrán salir de España hasta 90 días sin perder la prestación
El Tribunal Supremo ha avalado, en una sentencia que unifica doctrina, que los beneficiarios de prestaciones por desempleo puedan viajar al extranjero hasta 90 días sin perder el derecho a cobrar la prestación, aunque el pago quedará suspendido hasta su regreso al país.
De este modo, el Supremo falla en contra de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que dio la razón al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) al reclamar a una ciudadana la devolución de 15.368,64 euros cobrados indebidamente, tras haberse ido del país durante 21 días sin previo aviso debido a la angina de pecho que sufrió su suegro, que reside en Ucrania, según informa Efe.
Según la ley, el traslado de residencia al extranjero es causa de extinción de la prestación, pero permite mantenerla en caso de estancias en el exterior de 15 días al año como máximo, previa comunicación a la Administración. El Supremo considera que la norma es compleja y ha dado lugar a diversidad de supuestos litigiosos, ante lo que ha optado por unificar doctrina. A raíz de ello, avala el cobro de la prestación si la estancia en el extranjero del desempleado es inferior a 90 días.
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