Pensiones

Pensión de viudedad: este es el motivo por el que cobrará el 70%

La cuantía media de esta pensión en el mes de agosto fue de 852,44 euros mensuales

La OCDE quiere que solo los jubilados cobren pensión de viudedad
Una persona contando monedaslarazon

La pensión de viudedad es la prestación principal de más de 1,5 millones de personas en nuestro de país, de las cuáles, el 95% son mujeres. Esta es una prestación económica que concede la Seguridad Social a más de 2 millones de personas que han tenido un vínculo matrimonial o han sido pareja de hecho del fallecido. Esta ayuda es de carácter vitalicio y se presenta como una protección frente a la muerte de la pareja, sobre todo si esta era la que traía la mayoría o la totalidad de los ingresos a la familia.

La cuantía media de esta pensión en el mes de agosto fue de 852,44 euros mensuales, muy alejada de la pensión media del sistema –la que comprende la pensión de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares–, que ascendió a 1.195,65 euros mensuales, y aún más de la pensión media de jubilación, que se situó en 1.375,68 euros al mes.

Esta menor cantidad se debe a que los beneficiarios de esta prestación no acceden nunca al 100% de la pensión de sus cónyuges. Por norma general, la pensión asciende al 52% de la base reguladora, aunque este porcentaje puede elevarse, por lo que los pensionistas podrán llegar a recibir el 60% o incluso el 70%.

El porcentaje ascenderá hasta el 60% siempre y cuando el beneficiario tenga 65 años o más, no tenga derecho a otra prestación pública española o extranjera, no perciba ingresos por la realización de trabajos por cuenta ajena o por cuenta propia, y no disponga de rentas de capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o rentas de actividades económicas, superiores a 7.707 euros al año.

Para recibir hasta el 70% de la base reguladora, el pensionista deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Que el pensionista tenga cargas familiares.
  • Que los rendimientos de la unidad familiar, divididos entre el número de miembros que la componen, no superen, en cómputo anual, el 75% del SMI vigente.
  • Que la pensión de viudedad constituya la principal o única fuente de ingresos del beneficiario.
  • Que el pensionista no supere unos determinados límites por rendimientos anuales.

Cuantía de la pensión

Aunque la prestación de cada beneficiario varía en función de la base reguladora del fallecido, si se tienen cargas familiares o si se perciben otras prestaciones, entre otros condicionantes, existen unos límites mínimos:

  • Personas con cargas familiares: la cuantía mínima de la pensión de viudedad es de 905,90 euros mensuales (12.682,60 euros anuales).
  • Personas mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%: la cuantía mínima de la pensión de viudedad es de 783,10 euros mensuales (10.963,40 euros anuales).
  • Personas de entre 60 y 64 años: la cuantía mínima de la pensión de viudedad es de 732,60 euros mensuales (10.256,40 euros anuales).
  • Personas menores de 60 años sin cargas familiares: la cuantía mínima de la pensión de viudedad es de 593,30 euros mensuales (8.306,20 anuales).