Educación

Investigar desde la universidad privada

Laboratorio en la universidad
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La misión de enseñar y transmitir el conocimiento ha presidido durante siglos el quehacer de la universidad desde su creación. En el último siglo se añadió a esa misión la generación de ese conocimiento a través de la investigación científica. Y en las últimas décadas ha aparecido una tercera misión: transferir el conocimiento a la sociedad, directamente o a través de distintos agentes, instituciones o entidades, lo que sin duda hace todavía más importante y trascendente el papel de la universidad.

De las 83 universidades que existen en España, 33 son privadas y reúnen algo más de 19.000 profesores, casi el 16% del total del profesorado universitario, aunque no necesaria ni seguramente todos con el grado de doctor.

Puede decirse que, en términos generales, las universidades privadas se han especializado en la docencia, donde desarrollan una importante actividad de innovación en contenidos y metodologías, que se refleja en su calidad y alto nivel, aspectos para los que no es determinante que el profesorado tenga el grado de doctor. Por su parte, la figura de profesor asociado de la universidad pública preveía incorporar a las tareas docentes, con dedicación más o menos parcial, a profesionales excelentes y expertos procedente de la empresa, ajenos a la carrera académica y no siempre doctores, aunque hay que señalar que la universidad privada tiene una mayor flexibilidad y agilidad para contratar especialistas, doctores o no.

El nuevo Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, exige a las universidades públicas y privadas, por primera vez, una cuota importante de doctores con un sexenio de investigación. Esta exigencia supone una clara desventaja para las universidades privadas y sus profesores. No hay que olvidar que la figura del sexenio o tramo de investigación, implantada en los 80, era solo utilizable en instituciones públicas y daba lugar a un complemento retributivo, no siendo aplicable en universidades privadas sino hasta hace muy pocos años, cuando se estableció el convenio de colaboración con la Agencia de Calidad para su Evaluación. Por ello, los sexenios no han podido ser solicitados por los profesores de las universidades privadas hasta muy recientemente. Cabe señalar además que, en lo que concierne a la docencia, la condición de doctor con sexenio de un profesor no es una garantía de su excelencia.

Por su parte, las universidades públicas de nuestro país han pasado en la segunda mitad del último siglo a jugar un papel preponderante en el escenario de la investigación científica, donde anteriormente se identificaban casi únicamente los esfuerzos y contribuciones de la Institución Libre de Enseñanza y, posteriormente, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Hoy las cosas han cambiado y puede decirse que la universidad pública es la institución que más aporta a la generación del conocimiento.

Muchos de los proyectos de investigación que se desarrollan en las universidades tienen un planteamiento de cooperación con otras instituciones, pero no son numerosos los casos de colaboración entre las universidades públicas y las privadas. Posiblemente estas últimas no cuentan con una densidad cuantitativa y cualitativa de laboratorios e instalaciones como aquéllas, pero sí con unos Recursos Humanos que, con el máximo nivel académico en una apreciable proporción, desarrollan proyectos y contratos de investigación con financiación propia, puesto que el acceso a las convocatorias públicas nacionales de subvención de proyectos les está vedado en muchas ocasiones o contienen requisitos difícilmente soslayables en muchas otras, porque se les achaca –como entidades privadas que son– un afán de lucro que obviamente no puede satisfacerse con recursos económicos públicos. En ese sentido, es importante señalar que esa presunción de lucro es gratuita y no se puede esgrimir, por cuanto los recursos de las subvenciones con que se dotan los proyectos de investigación -sometidos a auditorias internas y externas- se destinan únicamente a atender los gastos de la investigación y nunca a obtener beneficios que pudieran ser incorporados a una cuenta de resultados.

El sistema español de I+D no puede sino beneficiarse de un tratamiento para las universidades privadas parejo al que reciben las universidades y los centros de investigación públicos, máxime si el sistema y las convocatorias públicas de proyectos apoyaran e incluso incentivaran y estimularan el fomento de la colaboración entre universidades públicas y privadas, adicionando capacidades y recursos humanos para conseguir un objetivo concreto.

Una política que facilite el desarrollo de la tarea investigadora en las universidades privadas contribuiría sin duda a conseguir los objetivos perseguidos por el mencionado RD y, como resultado de ello, aumentaría la cifra de publicaciones científicas, patentes y el número de proyectos de investigación de ámbito nacional e internacional solicitados y obtenidos, otro de los objetivos del RD.