Coronavirus

Los juicios sólo se suspenderán cuando lo pidan los jueces y refrende el CGPJ

Aboga también por el teletrabajo para los magistrados y eximirá del uso de la toga a los abogados

Toma de posesión de Álvaro García Ortiz
El presidente del Tribunal Supremo (TS) y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes (c), y el juez Manuel Marchena (d), entre otros, durante la toma de posesión de Álvaro García Ortiz como fiscal de Sala jefe de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado.Emilio NaranjoAgencia EFE

Los juicios y demás señalamientos de diligencias judiciales no se suspenden de forma genérica por la epidemia del coronavirus, sino que tendrán que proponerlo el juez o tribunal que lo solicite y lo ratifique posteriormente el Consejo General del Poder Judicial. Así lo ha decidido hoy la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces y megistrados en una reunión de urgencia, donde se han establecido las directrices para garantizar el servicio público de Justicia a las recomendaciones de las autoridades sanitarias.

En aquellos territorios en los que se hayan establecido medidas especialmente intensas para limitar la propagación y el contagio por el coronavirus, los jueces podrán acordar la suspensión de juicios o declaraciones y tendrán un efecto inmediato, aunque la misma deberá refrenderla el presidente del tribunal correspondiente y la ratificación posterior del propio Consejo General del Poder Judicial.

La instrucición aprobada por el CGPJ contempla dos escenarios, uno general y otro para los territorios en los que se hayan establecido medidas especialmente intensas para limitar la propagación del coronavirus COVID-19. En este último escenario es en que los los jueces podrán suspender actuaciones procesales ya acordadas por razones sanitarias, entre ellas la celebración de juicios.

La instrucción recoge las medidas de protección individual frente a la enfermedad recomendadas por las autoridades sanitarias, entre ellas realizar una higiene de manos frecuente, evitar el contacto con personas que muestren signos de afección respiratoria o mantener una distancia de un metro con ellas.

Además, y para el ámbito específico de la Administración de Justicia se recomiendan la aplicación de medidas de conciliación entre la vida personal y laboral (permisos y autorizaciones), el fomento del teletrabajo para las miembros de la Carrera Judicial que en función de sus características personales o estado biológico conocido puedan ser consideradas como especialmente sensibles (embarazo, patologías previas, medicación…); o la dispensa del uso de la toga para los abogados en los actos procesales en los que este sea preceptivo.

Por otra parte, el CGPJ ha acordado suspender desde hoy y hasta el próximo 13 de abril las actividades programadas por el Servicio de Formación Continua de la Escuela Judicial. Estas actividades, consistentes en la celebración de una veintena de cursos de formación, implicaban el desplazamiento de miembros de la Carrera Judicial destinados en otros territorios hasta Madrid.

Suspension de juicios en Sevilla

Sin embargo, los juicios que se suspenden de forma inmediata son los previstos en los juzgados de lo Penal de Sevilla en en los próximos quince días, excepto aquellos en los que existan presos preventivos. Así lo ha acordado la Junta de Jueces de lo Penal de la capital andaluza reunida al efecto de tomar medidas ante la epidemia del coronavirus. También se suspenden todas las diligencias excepto las que afecten a detenidos. Esta decisión se notifica ahora al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y al Consejo General del Poder Judicial, que deberá ratifique o no la medida. En todo caso, hasta ese momento, los juicios señalados, si se llegan a celebrar, tendrán lugar a puerta cerrada.