Fiscalía

La Fiscalía de Delgado ningunea a las víctimas: “La gestión de la Covid-19 fue idónea y diligente”

Pide al Tribunal Supremo la inadmisión de plano de todas: “No pudo evitar los desgraciados efectos de la pandemia” y considera que su gestión fue “idónea”

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, recibió a la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, quien le hizo entrega de la Memoria de la Fiscalía.
El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, recibió a la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, quien le hizo entrega de la Memoria de la Fiscalía.Emilio NaranjoEFE

«Se aprecia la imposibilidad de afirmar que, cuando menos con arreglo al actual estado de la ciencia, los querellados pudieran haber desarrollado actuación alguna que pudiera evitar los desgraciados efectos producidos por la pandemia generada por la COVID-19... lo cierto es que no se advierte que los querellados pudieran haber infringido deber u obligación alguna, o actuación cuya implementación hubiera evitado o disminuido de un modo relevante los resultados lesivos finalmente acaecidos, circunstancias todas ellas que impiden atribuirles comportamiento» delictivo alguno, ni siquiera por omisión «de ningún tipo cuya ejecución se corresponda valorativamente, nada más y nada menos, que con miles de delitos de homicidio o de lesiones». Y, por contra, su gestión fue «idónea y razonable para contener la pandemia» del Covid-19, “pues lo cierto es que hasta la fecha no se han hallado otras alternativas efectivas frente al contagio de Covid-19, al margen de las medidas de confinamiento, prevención e higiene impuestas por el Gobierno, igualmente idóneas para paliar o mitigar los efectos de aquella enfermedad”.

Esos son algunos de los argumentos centrales que esgrime el teniente fiscal del Tribunal Supremo, Luis Navajas, en el informe donde solicita la inadmisión de plano de la veintena de querellas presentadas desde el inicio del estado de alarma contra el Gobierno de Pedro Sánchez por su gestión de la pandemia de covid-19. Los delitos a los que aludían las querellas eran contra la seguridad e higiene en el trabajo, homicidios y lesiones imprudentes, prevaricación administrativa y omisión del deber de socorro. En los próximos días emitirá el dictamen respecto a las denuncias.

En el informe, de 310 páginas, el número 2 de la Fiscalía, rechaza que ni siquiera se inicie una investigación de los hechos. Su conclusión es clara: «no se advierte, que los querellados pudieran haber infringido deber u obligación alguna, o actuación cuya implementación hubiera evitado o disminuido de un modo relevante los resultados lesivos finalmente acaecidos».

Y es que para el Ministerio Público el Ejecutivo de Pedro Sánchez no tuvo responsabilidad alguna ni en la gestión de la crisis sanitaria antes de la declaración del estado de alarma, ni durante la misma, ni por la compra de test defectuosos o por la falta de equipos de protección para los sanitarios. En el primero de esos casos, porque la responsabilidad para la «legislación básica» tendente a garantizar la salud era de las comunidades autónomas. Y, además, no existió en ningún caso «falta de diligencia en la adopción por el Gobierno– de medidas de prevención epidemiológica y de tutela de la salud pública, al objeto de mitigar el riesgo de contagio de la enfermedad conocida como COVID-19 con anterioridad a la aprobación» decreto que estableció el estado de alarma. En lo que se refiere a la gestión del Ejecutivo desde el 14 de marzo hasta que se levantó el estado de alarma, la Fiscalía mantiene el mismo argumento, es decir, no se advierte que ni Sánchez ni ninguno de sus ministros «pudieran haber infringido deber u obligación alguna, o actuación cuya implementación hubiera evitado o disminuido de un modo relevante los resultados lesivos finalmente acaecidos». Tampoco existe responsabilidad por todo lo relacionado con la compra de test defectuosos a China. En este punto, el número 2 de la Fiscalía General sostiene que, de existir, esa responsabilidad, sería de la empresa a la que se la adjudicó el contrato para su adquisición.

Así, la Fiscalía rechaza que el Ministerio de Sanidad hubiese adjudicado el contrato a una empresa que no contara con las oportunas licencias u homologaciones. Al respecto, se afirma por el Ministerio Público que eso «no fue así, pues –en realidad– el contrato fue adjudicado» a una empresa concreta, «siendo ésta la que se comprometió a adquirir test idóneos para el diagnóstico rápido de COVID-19». Por ello, añade, sería esta empresa «la que con claro incumplimiento de sus obligaciones contractuales, adquirió de una mercantil de origen chino productos defectuosos». Tampoco ve el fiscal ninguna responsabilidad del Gobierno por la falta de equipamientos de protección de los sanitarios o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, entre otras cosas porque sólo se han puesto de manifiesto en las querellas «referencias genéricas sobre la falta de equipos de protección y la falta de control de los adquiridos».

Y, junto a ello, tampoco aprecia que se haya producido ni grave infracción de la normativa en materia de seguridad y salud en el trabajo, ni el correlativo grave riesgo para la vida y salud de los trabajadores. El Fiscal se refiere a la manifestación celebrada en Madrid el 8 de marzo para defender que el Ejecutivo no tiene ninguna responsabildad por los contagios que se hubiesen podido producir por esa marcha; «Los miembros del Gobierno de España no ostentaban competencias para prohibir las manifestaciones», señala.