Nulidad

La AVT pedirá a la Audiencia que repita el juicio por los atentados de Barcelona y Cambrils

La asociación de víctimas quiere que el tribunal se pronuncie sobre la supuesta participación de dos de los acusados en el 17-A

Los tres acusados -Mohamed Houli Chemial, Driss Oukabir y Said Ben Iazza, durante una sesión del juicio por los atentados de Barcelona y Cambrils
Los tres acusados -Mohamed Houli Chemial, Driss Oukabir y Said Ben Iazza, durante una sesión del juicio por los atentados de Barcelona y CambrilsFERNANDO VILLARAgencia EFE

La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) recurrirá la sentencia de los atentados de Barcelona y Cambrils (Tarragona), que condenó a penas de ocho a 53 años de prisión a los tres acusados pero eludió pronunciarse expresamente sobre la supuesta participación de dos de ellos en el 17-A, avalando la conclusión del instructor de que desconocían absolutamente los planes de la “célula de Ripoll”. “No se trata de juzgar a personas fallecidas, sino de enjuiciar la conducta de los tres procesados”, dejó claro el tribunal.

En un comunicado, la AVT -que ejerció la acusación en el procedimiento- anticipa que solicitará a la Sala de Apelación la nulidad del fallo y que se repita el juicio porque el tribunal el tribunal “no se ha pronunciado sobre la presunta participación de dos de los acusados en los hechos delictivos ocurridos en la Rambla de Barcelona y en el paseo marítimo de Cambrils” el 17 de agosto de 2017, donde fueron asesinadas 16 personas y más de 150 resultaron heridas.

La AVT acusó a Mohamed Houli Chemlal y Driss Oukabir de delitos de asesinato terrorista -algo que no hizo la Fiscalía-, pero la Audiencia dejó claro desde el primer momento del juicio que esa supuesta autoría de los atentados no formaba parte del objeto de procedimiento, dado que los tres acusados no fueron procesados por ese delito.

Pero la asociación de víctimas considera que el auto de procesamiento del juez Fernando Andreu “no debe vincular al órgano de enjuiciamiento, que debe celebrar el juicio oral respecto de todos los hechos, y sus calificaciones jurídicas, que se contienen en los escritos de acusación”. El auto de apertura de juicio oral, recalca, “no puede limitar las calificaciones jurídicas que plantean las acusaciones”.

La AVT acusó “por la totalidad de los hechos”

En consecuencia, y con la sentencia a la vista (de más de un millar de folios), la AVT sostiene que el tribunal “sólo ha juzgado parte de los hechos investigados”, pese a que la AVT acusó “por la totalidad de los hechos ocurridos el 17 de Agosto de 2017 en Barcelona y Cambrills”.

Los magistrados condenaron a 53 años y medio de cárcel (la pena más elevada) a Mohamed Houli Chlemal -único superviviente de la explosión de Alcanar en la que murió el imán de Ripoll, considerado el ideólogo de la célula– por pertenencia a organización terrorista, tenencia, depósito y fabricación de explosivos de carácter terrorista y tentativa de estragos terroristas en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave (tantos como heridos por la explosión de Alcanar). Los mismos delitos por los que condenaron, en su caso a 46 años de prisión, a Driss Oukabir, que alquiló la furgoneta utilizada en el atentado de Las Ramblas.

Pero según la Sala ninguno de los dos conocía los planes para atentar. Sobre Houli dijo el tribunal, remitiéndose a la apreciación del instructor, que no existe “el más mínimo indicio de que pudiera participar, ni siquiera conocer los planes” de la célula. Y respecto a Oukabir, la Audiencia precisó igualmente que “tampoco existe en las actuaciones dato que objetive indicio alguno sobre su participación o conocimiento de los hechos”.

Al tercer acusado, Said Ben Iazza -a quien ninguna acusación consideraba autor material de los atentados-, que fue quien facilitó la furgoneta en la que célula trasladó los explosivos y la documentación personal con la que se adquirieron los productos químicos necesarios para confeccionarlos, se le condenó a ocho años de cárcel por un delito de colaboración con organización terrorista.