Tribunales

Recta final para la decisión del TS sobre los ERE: revisará los recursos en mayo

La Sala de lo Penal fija los días 4 y 5 para escuchar los argumentos de los recurrentes antes de pronunciarse sobre las condenas a los ex presidentes andaluces Chaves y Griñán, entre otros

Los ex presidentes socialistas andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán
Los ex presidentes socialistas andaluces Manuel Chaves y José Antonio GriñánPoolPool

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo celebrará los próximos 4 y 5 de mayo una vista pública sobre los recursos interpuestos contra la sentencia de los ERE impuesta por la Audiencia Provincial de Sevilla el 19 de noviembre de 2019.

El tribunal que estudiará los recursos estará presidido por el magistrado Juan Ramón Berdugo, e integrado asimismo por Ana María Ferrer, Carmen Lamela, Susana Polo y Eduardo de Porres, que será el encargado de redactar la resolución. El Tribunal Supremo ha comunicado a las partes personadas en la causa que las sesiones podrán ser de mañana y tarde.

La Fiscalía respalda la sentencia de los ERE y pidió al Supremo que la confirmara íntegramente. La sentencia consideró acreditado que durante dos décadas los gobiernos autonómicos socialistas fueron responsables de un despilfarro de casi 780 millones de euros por el descontrol “absoluto” de los fondos destinados a los Expedientes de Regulación de Empleo.

La Audiencia Provincial de Sevilla condenó al ex presidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán a seis años de prisión y 15 de inhabilitación absoluta por prevaricación y malversación y a nueve de inhabilitación, solo por el primero de los delitos, al también ex presidente andaluz Manuel Chaves. Entre los condenados también figura la ex ministra Magdadena Álvarez.

La Fiscalía pide la confirmación de la sentencia

Si el Tribunal Supremo confirma la sentencia, Griñán tendría que ingresar en prisión, salvo el más que seguro recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional dejase en suspenso la ejecución de la pena hasta que se resolviese. El fallo da por probado que siendo consejero de Economía y Hacienda, Griñan “era plenamente consciente de la palmaria ilegalidad de los actos en los que participó”, asumiendo “la eventualidad de que los fondos vinculados al programa 31L fueran objeto de disposición con fines ajenos al fin público al que estaban destinados”.

Respecto al entonces presidente andaluz, Manuel Chaves, la sentencia deja claro que “la decisión de dar estas ayudas no partía de la Consejería de Empleo, sino que era una decisión del Gobierno en su conjunto”. De ahí que el tribunal considerase “lógico” que cualquier variación en el sistema de concesión de estas ayudas, “habida cuenta que afectaba a más de una consejería, tuviera que pasar por la decisión final de su superior jerárquico, es decir, el presidente de la Junta de Andalucía”.