Fuerzas de Seguridad
Interior enviará a Ucrania un equipo policial conjunto para investigar los crímenes de guerra
Estará integrado por agentes de Policía Científica, Judicial y de Investigación, así como especialistas en desactivación de explosivos y técnicos en incidentes Nucleares, Radiológicos, Biológicos y Químicos (unidades NRBQ).
El Ministerio del Interior desplegará en Ucrania en los próximos días un Equipo Policial de Apoyo (EPA) integrado por efectivos de Policía Nacional y Guardia Civil que investigará la posible comisión de crímenes de guerra y de lesa humanidad en el marco del conflicto bélico provocado por la invasión militar ordenada por el presidente de Rusia, Vladímir Putin.
Este equipo, que responde a la petición de apoyo y estará a disposición de la Corte Penal Internacional, contará con un mínimo de ocho especialistas y ha sido creado mediante una instrucción firmada por el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, que constituye y establece la disponibilidad, operatividad y capacidades de apoyo y reacción de este equipo policial cuyo objetivo es la investigación de graves delitos en el marco del Derecho Internacional.
El Equipo Policial de Apoyo está integrado por miembros de Policía Nacional y de Guardia Civil pertenecientes a las unidades de Policía Científica, Judicial y de Investigación, así como especialistas en desactivación de explosivos y técnicos en incidentes Nucleares, Radiológicos, Biológicos y Químicos (unidades NRBQ).
Los miembros de este equipo se trasladarán a Ucrania en los próximos días. Por motivos de seguridad, aspectos como las fechas de despliegue y el territorio concreto en el que operará son de carácter reservado.
En cualquier caso, y una vez desplegado en Ucrania, este equipo recogerá y analizará las pruebas necesarias para identificar a las víctimas de posibles actuaciones contrarias al Derecho Internacional, así como las circunstancias en que se produjeron los hechos.
También indagarán sobre el terreno el tipo de material, armas y artefactos explosivos utilizados, así como las técnicas empleadas y, en su caso, recopilarán información las personas o grupos responsables de los delitos graves objeto de investigación.
La Instrucción 6/2022 dictada este miércoles por el secretario de Estado de Seguridad actualiza y amplía la Instrucción 1/2006, que concibió el EPA como un grupo permanente con capacidades para intervenir, a requerimiento de las autoridades de otros Estados, en situaciones producidas como consecuencia de grandes ataques terroristas y para prestar asesoramiento y colaboración en la investigación llevada a cabo por las respectivas autoridades judiciales y policiales de los mismos.
Ahora, el ámbito de actuación de este EPA se extiende a los conflictos armados, “escenarios que pueden dar lugar a la comisión de graves delitos vulneradores de los derechos humanos o violaciones del Derecho Internacional humanitario cuyo esclarecimiento puede exceder en muchos casos las capacidades de las instituciones propias de los Estados afectados o implicados”, según el texto de la instrucción.
Esa ampliación pone el EPA también a disposición de la Corte Penal Internacional, con competencia sobre los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto, con carácter complementario de las jurisdicciones penales nacionales, y que puede precisar de la colaboración y apoyo de las capacidades policiales de los Estados firmantes del Tratado de Roma para llevar a cabo el ejercicio de sus funciones.
“El Equipo Policial de Apoyo se constituye como una Unidad de asesoramiento y apoyo a las Unidades de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y otros Organismos nacionales o internacionales que intervengan en las investigaciones llevadas a cabo en el marco de las actuaciones que se realicen como consecuencia de la comisión de grandes atentados terroristas o, en su caso, de los delitos sujetos a la competencia de la Corte Penal Internacional. De manera específica, y cuando se proceda a su activación le compete participar en: cuantas actuaciones sean precisas para la recogida y análisis de pruebas que permitan la identificación de las víctimas, así como de los presuntos autores y circunstancias de los hechos.; la investigación sobre el tipo de material, armas y artefactos explosivos utilizados, así como las técnicas empleadas; la adopción de las medidas específicas ante situaciones en presencia de amenaza NRBQ; la captación de información sobre la organización terrorista responsable del atentado y sus autores, o de las personas o grupos responsables de los delitos graves objeto de investigación; la entrega, recepción e intercambio de la información, informes o atestados con las Unidades Operativas de las Fuerzas y Cuerpos u otras autoridades allí actuantes; prestar apoyo operativo y a la investigación de delitos graves sujetos a la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, de acuerdo con el mandato que en cada caso se establezca”, señala la instrucción, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN..
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