Tribunales

El Supremo no dará una nueva respuesta penal al ‘procés’ hasta febrero

La Sala de lo Penal tendrá que decidir si los hechos probados en la sentencia que condenó a los líderes independentistas se pueden encajar en el delito de desórdenes públicos agravados y en la malversación más dura

El presidente de ERC, Oriol Junqueras, fue condenado por el Tribunal Supremo a trece años de cárcel por sedición y malversación
El presidente de ERC, Oriol Junqueras, fue condenado por el Tribunal Supremo a trece años de cárcel por sedición y malversaciónERCERC

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo está engrasando la maquinaria para emitir un nuevo auto que, con toda seguridad, removerá los cimientos del independentismo en Cataluña al recordar lo sucedido allí en 2017. Por el momento, los magistrados han dado ocho días a las defensas de los condenados por el procés, a la Fiscalía y a todas las partes personadas para que aporten sus argumentos sobre cuáles deben ser las nuevas condenas, una vez el delito de sedición ha sido derogado por el Gobierno y el de malversación, modificado. Fuentes jurídicas avanzan que no esperan tener una respuesta al menos hasta febrero, cuando hayan estudiado todos los recursos. Al contrario que el juez instructor Pablo Llarena, los fiscales del procés se inclinan por subsumir los hechos que llevaron al referéndum ilegal del 1-O en el nuevo delito de desórdenes agravados, pero este escrito tiene que pasar todavía por las manos del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.

La sentencia dictada por la Sala que preside el magistrado Manuel Marchena ha quedado sin el delito medular del proceso separatista catalán al haber desaparecido la sedición. Esta tenía un castigo de hasta 15 años de prisión e inhabilitación, mientras que la reforma que entró en vigor el pasado jueves 12 de enero reduce los desórdenes públicos agravados a los cinco años de máximo y a un tope de ocho en la inhabilitación.

Los fiscales se inclinan por considerar que los líderes independentistas contravinieron en un delito de desórdenes públicos y malversación agravada y avanzan ya en un escrito para presentar ante los magistrados. De ser así, condenas como la del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras (castigado con 13 años de cárcel por sedición y malversación) no quedarían impunes ni se verían tan aminoradas. La pena de prisión fue indultada, pero no la de inhabilitación por lo que se mantendría la limitación de cubrir un cargo público de cara a los siguientes comicios.

Cuando la Sala de lo Penal reciba la respuesta de todas las partes, todos los magistrados del tribunal que se conformó en 2018 - Marchena, Ana Ferrer, Juan Ramón Berdugo, Andrés Martínez Arrieta, Antonio del Moral y Andrés Palomo-, a excepción de Luciano Varela que se ha jubilado en este tiempo, volverán a reunirse para deliberar y formar un criterio conjunto. Los jueces tendrán que coger los hechos probados de la sentencia y solo en base a eso, encajar el nuevo Código Penal.

Los fiscales ven desórdenes públicos agravados

Los cuatro fiscales de Sala, Consuelo Madrigal, Javier Zaragoza, Fidel Cadena y Jaime Moreno, ultiman ya sus consideraciones en torno a los desórdenes públicos agravados, que castiga a quienes, actuando en grupo multitudinario y con el fin de “atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación sobre las personas o cosas, obstaculicen vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas; o invadan instalaciones o edificios alterando gravemente el funcionamiento efectivo de los servicios esenciales en esos lugares”.

No ven una mera desobediencia -que no acarrea penas de prisión- como ha entendido el juez instructor que ha emitido un nuevo auto de procesamiento a los fugados por este delito. “No se entiende lo que ha hecho Llarena”, revelan estas fuentes fiscales. Puestos a ajustar lo que ocurrió en 2017 con las nuevas conductas aprobadas por el Ejecutivo de Pedro Sánchez, los fiscales de Sala escogen la opción más gravosa.

Y lo mismo para el delito de malversación en el que sí coinciden con Llarena. Creen que la malversación llevada a cabo durante el procés es del tipo agravado al superar la cuantía los 250.000 euros, por lo que las penas de cárcel pueden ir hasta los 12 años y la inhabilitación a los 20. Algo con lo que el futuro judicial de Puigdemont seguiría pasando por la prisión. En cualquier caso, será el fiscal general el que tenga la última palabra sobre este escrito. García Ortiz prepara, además, un decreto o circular para definir la postura en esta y otras causas sobre la reforma de la malversación.

Dudas en la Sala sobre la malversación

A pesar de que la intención del legislador fue introducir una modalidad más benévola de “desvío presupuestario”, el escrito de Llarena desmonta que esto sea posible en distracción de fondos como la del procés. Sostiene que hay jurisprudencia del Supremo “desde hace más de medio siglo” en la que se matiza que enriquecerse no es el único fin posible de un delito como este: “En particular, el delito de malversación es claro que no puede ser de otra manera, dado que el tipo penal no requiere enriquecimiento del autor, sino , en todo caso, la disminución ilícita de los caudales públicos o bienes asimilados a éstos”. Si la Sala aplicara esta interpretación, las reformas penales del Gobierno para dividir la malversación entre la que conlleva lucro personal y la que no, no tendría ningún efecto.

Tanto si un funcionario se enriquece, como si utiliza el dinero para financiar un referéndum, se está disponiendo de los fondos públicos “como propios” y “se apartan de su destino para la obtención de un beneficio particular”, realza Llarena. Entiende que el lucro no es solo económico, sino también beneficio político.

Con esta malversación agravada, en caso de volver a España, Puigdemont y el resto de fugados se arriesgan a que el juez acuerde su ingreso en prisión provisional ya que se supera el mínimo de los dos años que exige la ley para esta medida cautelar. Pero no solo. Si Marchena y el resto del Tribunal la acuerda los cuatro condenados a malversación (Junqueras, Dolors Bassa, Jordi Turull y Raül Romeva) de los doce castigados e total, no verían disminuidos sus tipos penales. Fuentes del Alto Tribunal avanzan que aquí el debate se centrará en que si ellos fueron condenados por concurso medial con sedición, es decir, que su malversación estaba ligada a otro delito, existen ciertas dudas de que ahora se pueda imponer una malversación agravada de alguna forma retroactivamente.