Caso Campeón

Blanco podría ser inhabilitado entre 10 y 16 años

El fiscal insta al Supremo a pedir el suplicatorio por los delitos de tráfico de influencias y prevaricación

El ahora diputado socialista volvió a negar las acusaciones contra él y presumió de colaborar con la Justicia
El ahora diputado socialista volvió a negar las acusaciones contra él y presumió de colaborar con la Justicialarazon

«Gracias a las actuaciones del Sr. Blanco (el ex ministro socialista José Blanco) en favor de su amigo el Sr. Orozco (el empresario José Antonio Orozco, vicepresidente de Azkar), la empresa de éste pudo obtener, en fecha 7 marzo 2011, las licencias favorables en el Ayuntamiento de Sant Boi, las cuales estaban pendientes de requerimientos municipales, cuyo cumplimiento, como en el caso de la licencia municipal, le hubieran supuesto un coste económico elevado, ahorrándose el desembolso económico que dichos requerimientos municipales conllevaban».

Ésta es una de las conclusiones generales a las que llega el fiscal del Tribunal Supremo Manuel Doltz para solicitar al magistrado del Tribunal Supremo José Ramón Soriano que inste al Congreso la solicitud del correspondiente suplicatorio para «imputar formalmente» por tráfico de influencias y prevaricación al ex titular de Fomento en el Gobierno de Rodríguez Zapatero. El primero de esos delitos lleva aparejada una pena de inhabilitación de tres a seis años, mientras que el segundo está tipificado con inhabilitación de siete a diez años.

Más delitos

Sin embargo, el Ministerio Público no considera que en estos momentos existan indicios de que el hoy diputado socialista haya podido incurrir en un delito de cohecho relacionado con la supuesta entrega de 200.000 euros por parte del empresario Jorge Dorribo en una gasolinera de Guitiriz (Lugo) a un primo político de Blanco, Manuel Bran, para que éste se lo entregase posteriormente al ex ministro.

En todo caso, el hecho de que el Ministerio Público inste el suplicatorio de Blanco por tráfico de influencias y prevaricación no cierra las puertas a que pueda ampliarse a otros si aparecen indicios relevantes. Tal como señala en su escrito, esa petición se realiza «a la vista del estado actual de la investigación, sin perjuicio de que ésta continúe en comprobación de indicios que permitan sustentar con mayor solidez uno de los delitos (cohecho) por los que se incoó esta causa» o por «cualesquiera otros».

De hecho, se está a la espera de un informe de la UDEF relacionado con la compra de un chalet de Las Rozas (Madrid) y determinar si en el pago de esa adquisición existió algún tipo de irregularidad.

El escrito del fiscal desgrana de forma minuciosa los indicios que le llevan a a concluir en la existencia de indicios más que suficientes para poder actuar contra Blanco con todas las consecuencias legales; indicios que, en buena parte, proceden de los informes elaborados por la UDEF, y especialmente del último entregado en el Supremo, en el que se detallaba de forma minuciosa las gestiones realizadas, presuntamente, por Blanco en favor de su «amigo» Orozco.

La decisión final estará en manos del magistrado José Ramón Soriano, que será quien tenga que decidir, una vez que reciba el informe de la defensa, en el que previsiblemente instará el sobreseimiento, si requiere al Congreso para la concesión del correspondiente suplicatorio. Además, se está pendiente también de que se resuelva el recurso de apelación interpuesto por el fiscal contra la decisión del magistrado de dar por finalizada la instrucción, aunque, en principio, este recurso no debe producir un efecto suspensivo a la decisión final del instructor.

Si finalmente se solicita el suplicatorio y el Congreso lo concede, como todo parece indicar, se practicarán las diligencias que se consideren oportunas, bien a instancias del instructor o de las partes, hasta que llegue un momento en que se tenga que adoptar la decisión que marcará el futuro penal de Blanco: el instructor deberá dictar auto de sobreseimiento, si entiende que no hay indicios suficientes de delito, o de apertura de juicio oral, en cuyo caso habrá que determinar los delitos por los que considera que hay que juzgarle.

Esta resolución es susceptible de recurso, y, de confirmarse, no evitará que Blanco se siente en el banquillo de los acusados. Lo que no está nada claro es que sea en la Sala Penal del Tribunal Supremo, más bien, y de acuerdo con lo expresado ayer por el propio afectado, será en la Audiencia Provincial de Lugo. El motivo es muy simple, y es que al renunciar a su escaño perdería el aforamiento y, por tanto, el Supremo dejaría de tener competencia para el enjuiciamiento. De esta forma, la causa se remitiría nuevamente al juzgado de Lugo de Estela San José, y ésta, a su vez, a la Audiencia Provincial, que sería el órgano competente para juzgar al ex ministro. Esta sentencia sería recurrible, lo que no sucedería en el caso de ser juzgado en el Supremo, cuyo fallo es firme y sólo se podría recurrir en el Constitucional.