Cataluña
Castro duda ahora de si Urdangarín cometió delito fiscal
Un nuevo contratiempo se interpone en la recta final de la investigación del «caso Nóos». El juez José Castro ha dado diez días a la Agencia Tributaria para que recalcule las cuotas supuestamente defraudadas por Iñaki Urdangarín en el IRPF de 2007 y 2008, restándoles las retenciones efectuadas por las ocho empresas a las que asesoró el duque de Palma.
El magistrado atiende así la petición efectuada por el abogado del yerno del Rey, Mario Pascual Vives, quien hace unos días remitió un escrito de alegaciones a Castro en el que aseguraba que si de las cantidades supuestamente defraudadas en ambos ejercicios se deducen esas retenciones «ni en el año 2007 ni en el 2008 se alcanza el umbral de 120.000 euros determinantes de la existencia de delito contra la Hacienda Pública» en el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas.
Para despejar cualquier duda al respecto, el magistrado dictó ayer una providencia en la que, a raíz del escrito presentado por Urdangarín, reclama a la delegación de la Agencia Tributaria de Cataluña un informe en el que precise si «debe practicarse alguna corrección» en la propuesta de liquidación realizada respecto al duque de Palma, «considerada hasta este momento definitiva», si considera las cantidades ingresadas por Aizoon, de las empresas a las que asesoraba Iñaki Urdangarín, como rentas del trabajo, «al estar este tipo de rendimientos sometidos a retención a cuenta del IRPF por parte del pagador».
El instructor del «caso Nóos» pide a la Agencia Tributaria que verifique primero «si por parte de los pagadores se han practicado estas retenciones o han sido exigidas por liquidación administrativa» por Hacienda. En ese caso, si esas retenciones «deben deducirse en todo caso y por qué importes» y, en ese supuesto, si eso supone algún tipo de variación sobre la propuesta de liquidación realizada» (una pretensión que realiza específicamente respecto a una de las ocho empresas relacionadas, Motorpress Ibérica).
Actas de inspección
Por último, Castro quiere que Hacienda le remita las actas que haya podido levantar, «reciba la calificación que reciba y por cualquier periodo», de todas esas sociedades –además de Motorpress Ibérica: Aceros Bergara, Mixta África, Pernod Ricard, Havas Sports France y Seeliger y Conde– «por retribuciones por consejos de administración, así como por cualquier otro pago que hubiera podido percibir la entidad mercantil Aizoon», la empresa que comparten al 50 por ciento Urdangarín y la Infanta Cristina.
La defensa del duque de Palma argumentaba en su escrito de alegaciones que el límite que marca la existencia del delito fiscal «no se alcanzaría en ningún supuesto pues, en cualquier caso, habría que deducir de la presunta cuota defraudada las cantidades que el pagador de las mismas hubiera tenido que retener sobre estos rendimientos».
Según Pascual Vives, tanto los ingresos que obtuvo su cliente como miembro de los consejos de administración de esas empresas como los procedentes de su labor de asesoramiento «están sometidos a la obligación de retener por el pagador de los mismos».
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