Política

Criminalidad

Diferencia entre fianza penal y civil

La Razón
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l ¿Cuál es la diferencia entre la responsabilidad civil y la fianza?

–Las medidas privativas de libertad pueden evitarse en determinadas situaciones mediante la prestación de una fianza, la cual tiene por objeto garantizar que el procesado se presentará a juicio y cuantas veces le llame el tribunal. La no constitución de esta fianza conlleva el ingreso o permanencia en prisión. Esta fianza en ningún caso asegura la indemnización de los daños causados. La responsabilidad civil, por su parte, asegura los daños que se derivan de un hecho delictivo.

l ¿Cuándo se puede exigir la responsabilidad civil?

–Cuando del sumario resulten indicios de criminalidad contra una persona se mandara por el juez que presente fianza bastante para asegurar las responsabilidades pecuniarias que en definitiva resulten procedentes, acordando en el mismo auto el embargo de bienes bastantes para cubrir las responsabilidades si no presta la fianza impuesta.

l ¿Qué puede ser objeto de fianza civil?

–La fianza puede ser personal, pignoraticia o hipotecaria, o mediante caución que podrá constituirse en dinero en efectivo o mediante aval.

l ¿Qué sucede si no presta fianza civil?

–Si no se presta la fianza se procederá al embargo de bienes en cantidad suficiente, y de no alcanzar éstos para cubrir la totalidad se le embargará el sueldo en la cuantía que la ley marca. No conlleva el ingreso en prisión.

l ¿Qué sucede si no presta fianza

–La responsabilidad se adecúa al daño causado.