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"Procés"

"¿Hacia dónde va el TC?": Macías cuestiona la "arrogancia constitucional" respecto al TJUE con la amnistía

El magistrado sostiene que justificar en "cuestiones políticas subyacentes" la negativa a acudir a la Justicia europea "tensiona" la primacía del Derecho de la UE

El exvocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) José María Macías toma posesión como nuevo magistrado Alberto R. RoldánPHOTOGRAPHERS

A solo unos días de que el abogado general de la UE haga públicas sus conclusiones sobre la adecuación de la Ley de Amnistía al derecho comunitario, el magistrado del Tribunal Constitucional (TC) José María Macías ha vuelto a evidenciar sus reparos a la actuación de la corte de garantías que preside Cándido Conde-Pumpido al avalar la polémica norma -con cuatro votos en contra- sin recabar antes la opinión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) o sin esperar al menos a que Luxemburgo resuelva las cuestiones prejudiciales planteadas por cuatro tribunales españoles, entre ellos la Audiencia Nacional y el Tribunal de Cuentas, en relación con el encaje de la Ley de Amnistía en el Derecho de la Unión.

Macías, que fue apartado de las deliberaciones y de la toma de decisión al respecto por haber firmado un informe en contra de la ley como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), considera que el TC "no es un tribunal amistoso ni con el Derecho de la Unión Europea ni con la cuestión prejudicial europea ni con el TJUE" y apunta incluso a una "arrogancia constitucional" en su manera de afrontar su relación con el TJUE. Así lo expone en su libro "El Tribunal Constitucional ante el reto europeo" (Colex), de reciente publicación.

El magistrado del Constitucional cuestiona especialmente en su obra que el TC justificase su negativa en plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE, dejando en suspenso su decisión (como le pidieron sin éxito los magistrados conservadores), argumentando que la amnistía a los líderes del proceso independentista en Cataluña "está íntimamente relacionada con cuestiones políticas subyacentes, arraigadas en la Historia de nuestro país y relativas a la estructura territorial del Estado y a la integración de nuestras nacionalidades y regiones". Cuestiones estas, puso sobre la mesa el TC, que "son eminentemente nacionales".

La "singularidad española"

Macías no comparte "la alusión que se hace a la singularidad española como justificación de un particular entendimiento del Estado de Derecho que excluye la necesidad de aclarar ese concepto desde la perspectiva europea". Y es que, subraya, la sentencia que avaló la Ley de Amnistía alude a esa supuesta singularidad española "que podría justificar interpretaciones de las exigencias del Estado de Derecho diferentes a las del resto de Europa y que por ello no sería asequible al TJUE".

"¿Se sostiene como doctrina del TC que en España hay cuestiones políticas tan "arraigadas en su Historia" que hacen que la noción de Estado de Derecho sea propia y singular?", se pregunta antes de advertir de que esta interpretación acarrea que el concepto de Estado de Derecho que enuncia el artículo 2 del Tratado de la UE pueda ser en nuestro país "diferente, inferior o de menor contenido y calidad". "¿Es ello lo que puede justificar que se prescinda de la interpretación del artículo 2 que ha llevado a cabo el TJUE?", plantea Macías, quien se pregunta si esa argumentación implica una "aplicación encubierta" (sin plantear cuestión prejudicial) de la cláusula de salvaguarda de la identidad nacional del artículo 4 del Tratado de la Unión" (que determina que la UE respetará la "identidad nacional" de los Estados miembros).

A lo largo del libro, el exvocal del CGPJ señala al TC por "atribuir a la jurisprudencia del TJUE un mero valor interpretativo". Y se que defiende que "las consecuencias de la primacía (del derecho comunitario) no se aplican en toda la extensión que debiera resultar de la jurisprudencia del TJUE".

De hecho, advierte un "doble rasero" en la jurisprudencia del TC a la hora de omitir una cuestión de inconstitucionalidad o una cuestión prejudicial "en función de que de ello resulte la aplicación o la no aplicación de una ley nacional". Es decir, para Macías en la actuación del Constitucional existe una "notable disparidad" en cuanto al alcance de esa primacía del derecho comunitario "cuando se refiere a los jueces y tribunales ordinarios que cuando se refiere al propio TC", a la vista de lo sucedido en el caso de la amnistía.

"El Tribunal Constitucional español ante el reto europeo", de José María MacíasArchivo

"Tensionar el principio de primacía"

Macías hace alusión a la "preocupación" que destilan los votos particulares de los magistrados que se opusieron a la sentencia de la Ley de Amnistía y recuerda que en alguno de ellos se alerta de que el tribunal que preside Conde-Pumpido "se ha situado, y ha situado a España, fuera del sistema judicial europeo". Unas opiniones disidentes que, enfatiza, "tienen la suficiente entidad como para imponer una reflexión sobre hacia dónde va el TC". Cuestión que, según pone de manifiesto, debe abordarse "de manera perentoria".

"No es este precisamente -subraya en su reflexión- el momento más adecuado para tensionar el principio de primacía y que esa tensión sirva de excusa o coartada para justificar la resistencia de algunos Estados miembros para acatar, en toda su extensión, valores que constituyen el fundamento de la Unión". Como los de Estado de Derecho, división de poderes e independencia judicial, recuerda.

De lo contrario, argumenta, "se corre el riesgo de que lo que el TJUE construyó lo destruyan, o como poco lo diluyan, los tribunales nacionales oponiendo al principio de primacía" una especie de "primacía invertida" (en palabras del magistrado Alessandro Bernardi) que según su criterio "es incompatible con la subsistencia de la Unión".

Macías se alinea con el magistrado de la Corte Constitucional italiana Giovanni Pitruzzella al defender que a la hora de abordar quién debe definir los límites -el TJUE o los tribunales constitucionales de cada país- entre el obligado respeto a los valores del Estado de Derecho que proclama el Tratado de la UE y el que debe la Unión a la "identidad nacional" de cada Estado miembro, "no puede reducirse a un conflicto de poder entre tribunales".

Respeto al principio de igualdad

Tal y como puso de relieve el magistrado italiano en la Conferencia de Tribunales Constitucionales celebrada en España en septiembre del pasado año, recuerda Macías, este hecho "afecta al funcionamiento de la integración europea y de la democracia constitucional".

Ese "conflicto", en todo caso, "no puede aceptarse" -advirtió Pitruzzella y defiende igualmente Macías- si "su fundamento no es otro que el de una posible arrogancia constitucional", que el magistrado del TC juzga además "indeseable", de los tribunales constitucionales de cada Estado.

Macías también coincide con el presidente del TJUE, Koen Lenaerts, al defender que el principio de primacía del Derecho de la Unión "no solo constituye una exigencia estructural fundamental del sistema del Derecho de la UE y un recurso técnico para solucionar las disonancias que se produzcan entre dos ordenamientos, sino que es también una exigencia derivada del respeto al principio de igualdad de los Estados miembros ante los Tratados".

De ahí que, advierta el magistrado del TC, "las acciones unilaterales" de un Estado y, también, "de sus tribunales que impongan sus previsiones nacionales por encima de la interpretación del Derecho de la Unión" que establezca el TJUE, "omitiendo incluso el necesario diálogo" con la corte de Luxemburgo (como entiende que ha hecho el TC de Conde-Pumpido), suponen "una falta de respeto a los Estados que cumplen los tratados constitutivos sobre bases de reciprocidad".