Operación Pokemon

El CGPJ confirma la sanción a la jueza de Lugo que investiga la “Operación Pokemon”

La decisión podría ser recurrida ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo

Pilar de Lara, en una imagen de archivo/Foto: Efe
Pilar de Lara, en una imagen de archivo/Foto: Efelarazon

El Pleno del CGPJ ha desestimado hoy por unanimidad el recurso interpuesto por la magistrada Pilar de Lara

El Pleno del CGPJ ha desestimado hoy por unanimidad el recurso interpuesto por la magistrada Pilar de Lara, titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, contra la sanción de siete meses y un día de suspensión de funciones por una falta muy grave de desatención en el ejercicio de las competencias judiciales, prevista en el artículo 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que le impuso la Comisión Disciplinaria el pasado 27 de marzo.

El acuerdo del Pleno agota la vía administrativa, por lo que la sanción será ejecutiva una vez notificada, sin perjuicio de la posterior interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, donde la magistrada puede instar la suspensión de la sanción como medida cautelar.

La Comisión Disciplinaria del CGPJ le impuso esa sanción por considerar que incurrió en una falta muy grave de desatención y retraso reiterado e injustificado en gran parte de los procesos y macrocausas que instruía, las más relevantes relacionadas con corrupción. En su acuerdo, la citada Comisión venía a concluir que, tras la inspección realizada en su juzgada, se comprobó que tuvo una “dejación generalizada de deberes judidiciales inherentes al desempeño de la función judicial como instructora, causantes en gran medida del retraso y falta de actividad instructora detectada en un número muy significativo de procedimientos”. Además, añadía al respecto, en lo que atañe a aquellos aspectos materiales, temporales y funcionales, «la magistrada expedientada desatendió el ineludible deber de supervisar el resultado de las diferentes actuaciones que iba acordando, limitándose en muchas ocasiones a recopilar documentación, sin controlar personalmente el resultado de las mismas».

«Resulta abrumador el número de periodos, extensos y reiterados, de inacción que reflejan los informes del Servicio Inspector de este Consejo, tiempos que transcurren, sin actividad instructora alguna o mínima, antes de dictar un pronunciamiento definitivo (cuando ha tenido lugar)», incidía al respecto la Comisión Disciplinaria del CGPJ.

De 91 macrocausas a 25

Por su parte, la defensa de Pilar Lara, ejercida por el abogado y ex vocal del CGPJ Agustín Azparre, rechaza de plano todos los argumentos que llevaron a la sanción de la magistrada, a la vez que denuncia la actuación «irregular» del Servicio de Inspección del Consejo e incluso considera “incongruente” la actuación del Promotor de la Acción Disciplinaria con sus propios actos, «al haber archivado dos quejas» contra su defendida «siguiendo distintos criterios para valorar la conducta de la magistrada expedientada».

Para la defensa, resulta “evidente” que la finalidad de todo el expediente no era otra que apartar a la magistrada de su destino actual; a la vez que denuncia que se han incurrido en indefensión porque se denegó la mayoría de los testigos propuestos por la defensa.

Junto a ello, Agustín Azparren presentó ayer mismo en el Consejo un escrito, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, en el que informa de la situación actual que todavía dirige Pilar Lara, poniendo de manifiesto en el mismo que de las 91 macrocausas (causas y sus piezas) que motivaron la apertura del expediente disciplinario, actualmente sólo continúan en trámite 25, de las que 7 están en “avanzadísimo estado de tramitación”; otros ocho son procesos en los que se ha acordado la inhibición a otros juzgados, que están pendientes de que se confirme el juzgado competente; y los otros ocho se encuentran en fase de instrucción,