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Memoria Histórica

El gobernador de Franco que «salvó» Santander resiste al callejero

Sentencia a favor de una asociación de Ajalvir que se opone a la retirada del nombre de Carlos Ruiz en una vía de la localidad

Carlos Ruiz García, de uniforme y, al lado, en un acto como gobernador civil en Madrid LR

En febrero de 1941, Santander padeció el incendio más demoledor de su historia. Duró dos días, aunque algunos rescoldos permanecieron encendidos dos semanas. Arrasó gran parte del casco histórico, catedral incluida, y la mayoría de los daños fueron materiales, pero hubo cientos de heridos y una víctima mortal, un bombero madrileño. Aquellos días fue providencial la ayuda de su gobernador civil y jefe provincial del Movimiento, Carlos Ruiz, quien junto a la implicación y entrega de otras autoridades fue decisivo para paliar semejante destrucción.

Ruiz perdió en época de Manuela Carmena la calle que tenía en Madrid capital desde 1949 (su vía lleva desde 2017 el nombre de la fotoperiodista Gerda Taro), y a la vez, una plaza en Puente de Vallecas, que pasó a llamarse plaza de Corpus Barga. Otras dos calles perviven en Santander, pese a las reclamaciones en contra, por su pasado en el régimen. Ahora se confirma que el gobernador civil en época de Franco conservará la vía que lleva su nombre en la localidad madrileña de Ajalvir, según un fallo judicial al que ha tenido acceso LA RAZÓN.

La calle Gerda Taro, a la que antes daba nombre Carlos Ruiz en el distrito Moncloa-Aravaca de MadridAYUNTAMIENTO DE MADRID

El Ayuntamiento, gobernado por la Agrupación Independiente de Ajalvir (AIA), decidió retirar la distinción a Carlos García, que fue también procurador en Cortes y gobernador civil en Madrid.

En el municipio de Ajalvir, donde tenía una calle a su nombre desde 1948, corrían «rumores» de que se quería cambiar a raíz de que entrara en vigor la Ley de Memoria Histórica. Hasta que el alcalde, Víctor Malo, llevó el asunto a Pleno en el verano de 2024, con intención de recabar el apoyo de los representantes municipales.

Su argumento principal se basó en la recuperación de nombres tradicionales, con intención de devolver la denominación original de la vía –calle Alcalá–, aunque como se vio en el desarrollo de la sesión, la razón última era otra.

La tesis accesoria pero fundamental vino tras las intervenciones de los distintos grupos políticos, donde unos apoyaron al regidor (AIA-PSOE-Más Madrid), otros, como el PP se abstuvieron y Vox que votó en contra, lo vio innecesario.

Pero en el turno de réplica del alcalde, este hizo referencia a Carlos Ruiz como «una persona que fue falangista, que pertenecía al bando franquista y, con lo que pasó en la Guerra Civil, pues yo creo que es importante (...) se podía haber hecho antes también, pero el momento ha sido ahora», porque «esa calle tarde o temprano iba a caer por orden de un juez o de la Ley de Memoria Democrática», según sus palabras aquel 4 de julio de 2024.

Finalmente, se adoptó el acuerdo con 7 votos a favor, 3 abstenciones y un voto en contra. «En esta situación no quedó más remedio» que la Asociación Cultural Amigos de Ajalvir «impugnara el acuerdo, pues desde los partidos políticos legitimados no lo hacían», según fuentes del colectivo.

Sometido a consulta

Así, la decisión municipal fue recurrida en los tribunales por la entidad vecinal, al considerar que «incurre en déficit de motivación» y que «no se trata de una necesidad» ni «una decisión urgente y perentoria, sino que estamos ante una decisión caprichosa y poco justificada». Asimismo, que el expediente «no ha sido sometido a informe o consideración de los servicios económicos y de la intervención municipal».

Alegaba también esta agrupación ajalvireña que «no ha sido sometido a consulta de los afectados ni se les ha permitido realizar alegaciones, a pesar de ser quienes van a sufrir las costosas consecuencias y molestias del cambio de nombre de la calle», con «29 inmuebles afectados» en total, entre los que hay «servicios esenciales como la única farmacia del municipio, dos de las tres entidades bancarias con sucursales abiertas (La Caixa y Banco Sabadell), comercios, y vecinos de dicha calle». Por último, la asociación apunta que «se aduce por la Administración local que el cambio de calle viene motivado porque el nombre “Carlos Ruiz” resulta afectado por la Ley de Memoria Democrática, pero no se han seguido los trámites» que establece esta norma aprobada en octubre de 2022.

Por su parte, el Ayuntamiento, defiende la legalidad y validez del acuerdo adoptado por no ser arbitrario y tener motivación suficiente, como la innecesariedad de contar con los vecinos, pues «tiene claro y decidido que va a cambiar la denominación del vial», unido al hecho de la falta de un procedimiento específico en la Ley para el cambio de denominación de la calle.

En cuanto a Carlos Ruiz, al que AIA acusa de «falangista» y cuya figura se enmarca en «lo que pasó en la Guerra Civil», los defensores de su permanencia en el callejero recuerdan a su vez que seis vecinos del municipio fueron «asesinados en retaguardia», un hecho conocido a nivel local que se «sabe perfectamente» pero, sin embargo, «callan y silencian».

Finalmente, la calle se mantiene, según decisión del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 32 de Madrid, cuyo titular atiende «defectos formales» como la «ausencia de motivación», la «falta del correspondiente informe de contenido económico-financiero y la inobservancia del trámite de audiencia a los interesados».

Causas e informe técnico

Entiende el juez que «la lectura de los acuerdos no permite conocer cuáles son las razones por las que se acordó el cambio del nombre de la calle en cuestión. Además, no hay ningún informe técnico» que lo «avale, produciéndose así una situación de indefensión».

El fallo, que se puede recurrir ate el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, hace hincapié en que la «repercusión de la medida no se limita a la nueva rotulación de la calle y colocación», sino que «comporta también evidentes perjuicios económicos» para modificar datos en registros públicos, Hacienda, Seguridad Social, Servicio Público de Empleo, Estadística, Tráfico, Seguridad e Interior, servicio postal, Catastro, y «la necesidad de modificar la señalización de calles, planos y callejeros y a diversas entidades privadas, como compañías de seguros, entidades financieras, empresas suministradoras de agua, gas o electricidad, compañías telefónicas y de servicios de telecomunicaciones»; obligados asimismo los afectados «a cambiar el domicilio en su DNI y en el permiso de circulación de vehículos, así como en el Registro de la Propiedad, en la Agencia Tributaria, en la Seguridad Social y en la Dirección General de Tráfico».

Recordar que, en septiembre de 2024, un juez falló a favor de la misma asociación contra la decisión de colgar un emblema LGTBI en la fachada consistorial.