Tribunal Supremo

El juez que investiga a García Ortiz cita a declarar al exabogado del novio de Ayuso y aplaza su decisión sobre el procesamiento

Hurtado acuerda también la testifical de cuatro periodistas, como había reclamado el fiscal general, para forzar el archivo

El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, a su llegada al acto de entrega de despachos de la 73 promoción de la Carrera Judicial
El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, a su llegada al Tribunal Supremo para declarar como investigadoKike RincónEuropa Press

El magistrado Ángel Hurtado ha citado a declarar la próxima semana al exabogado de Alberto González Amador y a cuatro periodistas, tal y como había solicitado el fiscal general del Estado -a quien investiga por revelación de secretos-, unos testimonios con los que el novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, intenta acreditar que el reconocimiento del fraude tributario por parte del empresario era ya conocido por varios periodistas 24 horas antes de la fecha en que se le acusa de filtrarlo.

La decisión del magistrado supone que su pronunciamiento sobre el procesamiento de Álvaro García Ortiz o sobre el archivo de la causa -que todo apuntaba se produciría la próxima semana- se demorará unos días, una vez haya escuchado el testimonio de estos testigos.

En la misma resolución, el instructor acuerda que se incorporen al procedimiento las actas notariales aportadas por cuatro periodistas de "El País", formalizadas hace solo unos días, que afirman que el 12 de marzo del pasado año, un día antes de que se produjera la filtración que el juez atribuye a García Ortiz, tuvieron conocimiento de que la defensa del novio de Ayuso había reconocido los dos delitos fiscales que se le imputan y había trasladado a la Fiscalía su disposición a cerrar un acuerdo de conformidad.

Hurtado recuerda que la declaración como testigos de tres de estos cuatro periodistas ya fue rechazada en dos ocasiones el pasado febrero, decisión que fue confirmada por la Sala de Apelación el 9 de abril. En ese momento, matiza, no habían acudido ante notario para levantar acta de sus testimonios.

Para garantizar el derecho de defensa

El juez no esconde sus dudas sobre la procedencia de esas testificales, en la medida en que esa ratificación judicial de sus manifestaciones "se trataría de una diligencia a favor de reo" que "pudiera no ser necesaria" (al no tratarse de pruebas contra los investigados). Pero accede a acordarlas -explica- porque desde el punto de vista del derecho de defensa "no se le ha de privar de que lo ejerza con la extensión que mejor satisfaga a sus intereses".

En cuanto al exletrado de González Amador, Carlos Neira -con quien según los periodistas contactaron para confirmar ese reconocimiento del fraude tributario por parte de la Fiscalía del que les habían informado desde la Fiscalía de Madrid-, Hurtado apunta que "los mensajes que se recogen en el acta de 13 de mayo de 2025 parecen estar en la idea de buscar una comunicación" con el abogado, "y puesto que también, en el mismo marco del derecho de defensa, interesa la defensa la toma de declaración como testigo de dicho letrado, a ella se accederá", citándole el próximo martes, tres días antes de que comparezcan los cuatro periodistas.

Sin embargo, el magistrado se niega a que comparezcan agentes de la UCO -como también pidió la Abogacía del Estado en representación del fiscal general- para que acrediten la hora exacta en que se produjo la difusión mediática de ese correo del 2 de febrero de 2024 en el que González Amador asumía, a través de su letrado, los delitos fiscales y ofrecía un pacto a la Fiscalía, ante lo que la defensa de García Ortiz considera contradicciones de la Guardia Civil al respecto.

Achaca al fiscal general una intención "dilatoria"

"Lo primero que llama la atención -replica el juez- es que en este momento tan avanzado de la instrucción se solicite una diligencia que podría haberse solicitado con más de tres meses de antelación, y no ahora con unos efectos dilatorios que deberían ser evitados". "No será, sin embargo, por esto, por lo que se deniegue dicha diligencia, sino por innecesaria", concluye.

En un auto del pasado 26 de febrero -recuerda- también confirmado por la Sala de apelación, "se expusieron los indicios que apuntaban a que, presumiblemente, fue el fiscal general del Estado el que le proporcionó el referido correo" a un periodista de la Cadena Ser "con posterioridad a las 21:59 horas" del 13 de marzo, "de manera que, si lo tenía en su poder desde esa hora, conclusión razonable, siempre al nivel indiciario en que hemos de movernos, es que pudo haber hecho uso de él primero en el programa radiofónico y después en la web".

Tampoco accede a ordenar a la Unidad Central Operativa (UCO) que realice un informe sobre el proceso de borrado de los mensajes del móvil de García Ortiz para determinar -como pretendía la Abogacía del Estado- si resulta "técnicamente posible identificar cuántos procesos de eliminación o vaciado de mensajes" se produjeron en su WhatsApp entre el 8 de marzo y el 14 de octubre de 2024, y esclarecer "si es posible afirmar que las conversaciones comprendidas entre los días 8 y 14 de marzo de 2024 fueron eliminadas en el borrado del día 16 de octubre de 2024", una semana después de que el Tribunal Supremo abriese la causa penal contra él García Ortiz.

"No se nos dice qué necesidad hay de tal diligencia y su eventual relevancia -afirma el juez- una vez practicadas cuantas ya han sido practicadas, en orden a la determinación de la naturaleza y circunstancias del hecho y personas que han podido participar en él", por lo que rechaza acordarla.