Política

Doctrina Parot

La Policía activa un dispositivo de vigilancia para los violadores excarcelados

De izda. a derecha, Juan Manuel Valentín Tejero, violador y asesino de la niña Olga Sangrador; Pedro Luis Gallego, «el violador del ascensor»; Emilio Muñoz, asesino de Anabel Segura, y Manuel González González, el «loco del chándal»
De izda. a derecha, Juan Manuel Valentín Tejero, violador y asesino de la niña Olga Sangrador; Pedro Luis Gallego, «el violador del ascensor»; Emilio Muñoz, asesino de Anabel Segura, y Manuel González González, el «loco del chándal»larazon

La Policía ha activado ya un dispositivo de vigilancia y de seguridad en torno a Juan Manuel Valentín Tejero, el asesino y violador de Olga Sangrador (9 años) durante un beneficio penitenciario y que fue condenado a 50 años de cárcel. El miércoles salió en libertad, completamente camuflado bajo gafas de sol y una larga barba, en aplicación por parte de la Sección Segunda de la Audiencia de Valladolid de la sentencia de Estrasburgo en contra de la «doctrina Parot». El Tribunal Supremo había fijado su fecha de salida para 2025 y los informes psicológicos siguen advirtiendo de su peligrosidad y del riesgo de que reincida en sus gravísimos delitos, especialmente contra menores por la pulsión de violencia extrema que le provocan, según acreditan sus psicólogos.

Con la discreción necesaria, este dispositivo de seguridad ya ha sido activado en donde él va a hacer vida diaria y la Policía maneja el retrato robot con la apariencia real de este peligroso violador y asesino, un rostro que con mucha premeditación él ocultó en su salida de la cárcel. Como también lo hizo el asesino de Anabel Segura, Emilio Muñoz.

Éste es el comportamiento patrón que la Policía ha decidido seguir con todos los asesinos múltiples y violadores excarcelados en aplicación del fallo de Estrasburgo si hay sospechas de peligrosidad. La sentencia europea prohíbe que se les coloquen medios telemáticos, como pulseras electrónicas, pese a que no haya quedado acreditado que no hay riesgo de reincidencia. Instituciones Penitenciarias utiliza estos mecanismos para el control de presencia a distancia de personas que se encuentran en el ámbito de sus competencias.

Pero hay otras alternativas para responder a la «alarma social» que consta que están generando las excarcelaciones. «Tenemos la obligación de garantizar la seguridad ciudadana por encima de cualquier otra consideración. Dentro del Estado de Derecho y de los límites legales establecidos», precisan fuentes policiales. Es decir, el límite es no invadir su intimidad y respetar su condición de personas libres, por lo que no se puede actuar sobre su vivienda o sobre él mismo. Pero sí con medidas de vigilancia en la zona en la que se mueven y en aquellos entornos con más riesgo de que puedan delinquir. En el caso del asesino de Olga Sangrador, pueden ser colegios o zonas especialmente frecuentadas por menores. «Nuestra obligación es hacer todo lo posible para evitar que delincan quienes siguen siendo una amenaza social», explican.

Evitar males mayores

Por su parte, los jueces consultados por LA RAZÓN no ven ningún problema legal en establecer mecanismos de control, por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en las zonas en las que se desenvuelvan habitualmente los delincuentes peligrosos que han quedado en libertad gracias a la sentencia del Tribunal de Estrasburgo.

En este sentido, José Luis González Armengol, juez decano de Madrid, señaló que no había ningún «obstáculo legal» en establecer «un sistema de prevención general de seguridad, en velar por la seguridad de los ciudadanos para evitar males mayores». Sin embargo, dejó claro, a la vez, que, en cambio, no se pueden hacer «controles personales», en el sentido de «obligarles a asistir a programas, control de firmas, etc.».

«Sí se pueden realizar controles de vigilancia genérica, no en el ámbito personal, pero sí establecer mecanismos de control», añade al respecto el juez decano de Madrid, para quien, además, lo prioritario es «garantizar la seguridad de todos los ciudadanos, siempre y cuando no haya coacción o invasión de la esfera privada» de las personas a las que se quiera controlar.

En una línea muy similar se expresó Antonio Piña, juez decano de Orense, quien tampoco encuentra impedimentos legales en establecer «controles preventivos» sobre las zonas por las que puedan desarrollar su vida esos delincuentes.

«Con carácter preventivo, se pueden establecer controles, como en colegios, pero sin adaptar ninguna medida» que afecte a la libertad de esos individuos.

Además, destaca que en estos casos, al tratarse de delincuentes «de difícil reinserción», pese a que hayan cumplido sus condenas, «la Policía no puede establecer mecanismos preventivos sobre esas personas, pero sí sobre las zonas por las que se mueven», para, de esa forma, evitar que puedan cometer nuevos delitos.