El desafío independentista
Nombramientos, sí; tomas de posesión en el Palau, no
La pretensión del presidente electo de la Generalitat, Quim Torra, de «restituir» el Govern de Carles Puigdemont y pedir a los consellers que están en la cárcel y en el extranjero que repitan en el cargo tiene poco recorrido en la práctica y se puede quedar en un mero gesto de cara a sus seguidores independentistas. Legalmente, no hay ningún impedimento para que Torra designe como consejeros a Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Lluís Puig y Toni Comín, todos ellos en prisión provisional por el «procés», excepto Comín, quien se encuentra huido en Bélgica y está a la espera de que las autoridades judiciales decidan finalmente si le entregan para que pueda ser juzgado. Ninguno de ellos ha sido condenado ni pesa sobre ellos inhabilitación alguna para ocupar cargo público, por lo que no hay ningún obstáculo legal para que pudiesen ser designados nuevamente como miembros del Govern.
Sin embargo, la toma de posesión, algo que se exige sea presencial, es más que complicada, y el ejercicio del cargo todavía más. Para que Turull, Rull, Romeva o Puig puedan abandonar la prisión para acudir al Palau de la Generalitat a prometer sus cargos necesitarían que el juez instructor del «procés», Pablo LLarena, les concediera la correspondiente autorización y a la vista de los precedentes es algo que se plantea como una posibilidad más que remota. Así sucedió, por ejemplo, el pasado enero, cuando el ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, el ex conseller de Interior Joaquim Forn y el ex líder de la Asamblea Nacional Catalana Jordi Sànchez solicitaron el correspondiente permiso para acudir al Parlament para tomar posesión de sus actas como diputados electos y participar en los posteriores plenos de la Cámara. Llarena aludía entonces a la «incapacidad legal prolongada» que impediría acudir a esos plenos, derivada de la situación de prisión provisional en que se encontraban. Lo que sí acordó fue instar a la Mesa del Parlament para que adoptara las medidas necesarias para que pudiesen delegar sus votos. La misma decisión adoptó más recientemente cuando impidió a Jordi Sánchez acudir a la Cámara tras ser propuesto president. Sánchez se quedó en la cárcel y sin el cargo que hoy ocupa Torra.
Uno de los argumentos centrales que esgrimía el instructor del procedimiento era eliminar cualquier riesgo de que, con su presencia en los plenos, se pudiesen repetir movilizaciones ciudadanas similares a las registradas con motivo del referéndum ilegal del 1 de octubre: «Evitar el riesgo de una reiteración delictiva que venía marcada, precisamente, por el mantenimiento de las funciones de representación que detentaba el investigado cuando se perpetraron los hechos que se investigan, y por la posibilidad de que su liderazgo volviera a manifestarse con movilizaciones ciudadanas colectivas violentas y enfrentadas al marco legal de nuestra convivencia».
De esta forma, la solicitud que realizaran aquellos a los que Torra propusiesen como consellers y que estén en libertad se encontrará, previsiblemente y salvo sorpresa mayúscula, con la misma respuesta del Tribunal Supremo.
Pero, además, hay un segundo aspecto que debe tenerse en cuenta y que también dejaría en papel mojado la pretensión del nuevo presidente del Ejecutivo catalán: si el Tribunal Supremo confirma el auto de procesamiento por el delito de rebelión, de forma automática quedarían suspendidos en sus funciones de forma cautelar hasta que, en su caso, se dictase una sentencia absolutoria. Esta decisión no se espera que se prolongue más de un mes.
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