Desafío independentista

La Justicia europea retira la inmunidad a Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí

Ante un posible regreso a España, el expresidente catalán ha manifestado que está "en el mismo punto que antes de la sentencia, igual de lejos o igual de cerca"

El Tribunal General de la Unión Europea se ha pronunciado en contra del mantenimiento dela inmunidad parlamentaria del ex president Carles Puigdemont, así como la de los eurodiputados Toni Comín y Clara Ponsatí. Respalda así la decisión de la Eurocámara de proceder a su levantamiento y así allanar la entrega del político independentista a la justicia española.

En todo caso, esta sentencia no es definitiva ya que aún cabe recurso ante la máxima autoridad competente, el Tribunal de Justicia de la UE y las dos partes habían anunciado sus intenciones de recurrir si el fallo les era desfavorable. Ante un posible regreso de Puigdemont a España, el expresidente catalán ha manifestado que está "en el mismo punto que antes de la sentencia, igual de lejos o igual de cerca".

Ahora existe un plazo de dos meses y diez días para pedir el recurso y el equipo de Puigdemont tiene previsto pedir medidas cautelares mientras se tramita este recurso. Sobre la posibilidad de que el juez Llarena presente en los próximos días un suplicatorio nuevo o una nueva euroorden, el equipo de la defensa de los líderes independentistas no le da importancia ya que en palabras del abogado Gonzalo Boye es un "tema de gestión jurídica" y "sabemos movernos".

Los líderes independentistas interpusieron en 2021 un recurso ante la Eurocámara cuando el hemiciclo europeo aceptó retirarles la protección parlamentaria, tras la solicitud de suplicatorio realizada por el Tribunal Supremo.

Los políticos independentistas fugados sustentaron su denuncia ante el Tribunal General de Justicia ya que consideran que el Tribunal Supremo español no es competente para juzgarles y esta tarea debe recaer en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Además, también denunciaron que el proceso no fue imparcial porque el presidente de la comisión de Asuntos Jurídicos fue Adrián Vázquez, perteneciente a Ciudadanos. En su denuncia, los político independentistas alegaron que esta fuerza política ha mostrado “hostilidad” hacia el independentismo y también dudaron de la parcialidad del ponente de esta comisión por su pertenencia al grupo de los conservadores y reformistas europeos, fuerza política en la que pertenece Vox.

Según la sentencia conocida este miércoles, “El Tribunal General desestima todos los motivos formulados por los tres diputados, en particular sus alegaciones según las cuales el Parlamento incurrió en error al concluir que el referido proceso judicial no se incoó con la intención de dañar la actividad de los diputados”. La corte europea considera que el Parlamento Europeo cumplió escrupulosamente sus funciones al valorar que “los hechos imputados se habían cometido en 2017, mientras que los diputados adquirieron la condición de miembros del Parlamento el 13 de junio de 2019, así como que, por un lado, fueron procesados el 21 de marzo de 2018, es decir, en un momento en que la adquisición de la condición de diputado europeo era hipotética, y, por otro lado, ese procesamiento afectaba también a otras personas que no eran miembros del Parlamento”. Por eso, el tribunal comunitario concluye que “al examinar un suplicatorio de suspensión de la inmunidad, no corresponde al Parlamento analizar la legalidad de los actos judiciales españoles, pues esta cuestión es competencia exclusiva de las autoridades nacionales”.

En cuanto al ponente, para la corte europea su pertenencia a este grupo político resulta “ irrelevante para la apreciación de su imparcialidad”. Los jueces europeos argumentan que “es cierto que también forman parte de dicho grupo político los diputados del partido político Vox, que promovió el proceso penal contra los tres diputados. Sin embargo, esa situación particular concierne a los diputados que son miembros de dicho partido, pero no puede ampliarse, como regla, al conjunto de los miembros del grupo político CRE por el único motivo de que compartan afinidades políticas debido al hecho de que formen parte del mismo grupo”.

Aunque el ex presidente catalán y sus ex consejeros tienen inmunidad de forma provisional hasta el conocimiento de este fallo, querían que el tribunal europeo se la concediera de forma permanente.

Consecuencias para el resto de políticos fugados

El Tribunal de Justicia de la UE se pronunció en el mes de enero en contra del Bélgica por su negativa a proceder a la euroorden (ODE) dictada contra el ex conseller Lluis. Este fallo también tiene consecuencias para el resto de los políticos independentistas fugados en el país por el referéndum ilegal del 1 de octubre.

El Tribunal Supremo decidió presentar esta cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE para que no se repitiera el mismo escenario que con el ex conseller Lluis Puig. En ese caso, la justicia belga aseguró que el Tribunal Supremo no era competente para emitir una euroorden, ya que los sucesos habían tenido lugar en Cataluña, y también puso en tela de juicio la capacidad de la corte española para garantizar la presunción de inocencia y los derechos fundamentales del acusado.

Sin embargo, la corte europea avaló el proceder del Tribunal Supremo, por una parte, al dejar claro que “la autoridad judicial de ejecución no puede comprobar si una ODE ha sido emitida por una autoridad judicial que era competente a tal efecto en virtud del Derecho nacional del Estado miembro emisor y negarse a ejecutarla cuando considere que no es así”.

Según aclaró la corte europea, “esta negativa tan sólo está justificada si si existe un riesgo real de vulneración de ese derecho fundamental debido a deficiencias sistémicas o generalizadas en el funcionamiento del sistema judicial del Estado miembro emisor o a deficiencias que afecten a la tutela judicial de un grupo objetivamente identificable de personas al que pertenezca el interesado”. Aunque se cumpliera este último requisito en caso de los políticos independentistas, “en virtud de la obligación de cooperación leal”, la denegación de la ejecución “debe ir precedida de una solicitud previa de información complementaria a la autoridad judicial emisora”.

La reacción de Puigdemont

La decisión de tribunal europeo no ha gustado nada al expresidente de la Generalitat, que reaccionaba así: "Nada se acaba, todo lo contrario. Todo sigue. Presentaremos recurso en el TJUE, y defenderemos hasta el final nuestros derechos fundamentales, que son también los derechos fundamentales de los catalanes y los europeos. Con el mismo espíritu del primer día, trabajando por ganar la libertad".

Puigdemont reconoce que querían "otra sentencia", pero destaca que "también estábamos preparando el camino a seguir en caso de que el resultado fuese el que hoy se ha comunicado. Tenemos dos meses para presentar el recurso a la máxima instancia judicial europea, que después dispondrá de seis meses para tomar una decisión".