Política

Consejo de Ministros

Un acto nulo

La Razón
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l En su empeño por celebrar una consulta, ¿qué principios constitucionales podría vulnerar Mas?

–En principio, vulneraría el principio de soberanía nacional, porque la Constitución atribuye la soberanía a todos los españoles y no a una parte de ellos. Además, vulneraría el artículo 92 de la Carta Magna, en el que se reserva el referéndum al conjunto de la nación. Y es una competencia del Estado, como ya aclaró el Tribunal Constitucional con la posible consulta planteada por Ibarretxe.

l Si se celebrase la consulta, ¿qué valor tendría?

–Sería un acto nulo porque iría en contra de un principio constitucional, del propio artículo 92. El decreto de convocatoria de la consulta se podría anular con un recurso de inconstitucionalidad. Y en cuanto se pronunciase el Tribunal Constitucional, no tendría ningún valor desde el punto de vista legal. Además, cabría la posibilidad de que la Fiscalía General del Estado acusase a Mas de prevaricación o de desobediencia.

l En este sentido, ¿qué pasaría con Mas?

–Hay tres posibilidades. Una, que la Fiscalía entendiera que hay un delito de prevaricación porque es una decisión injusta a sabiendas. Dos, si insiste en celebrarla una vez que la Delegación del Gobierno le requiera para que no la haga por no atenerse a la legalidad, se convertiría en un delito de desobediencia y el presidente catalán podría ser inhabilitado. Y, por último, queda la opción más radical, que pasa por aplicar el artículo 155 de la Constitución, que permite al Gobierno suspender la autonomía porque se ha realizado un acto contrario a la Ley y a la Constitución que atenta gravemente al interés general. Es la última posibilidad y se recurriría a ella en el caso de que hubiese una declaración formal de independencia.