Cargando...

Tribunales

Condenado a más de diez años de prisión por disparar a quemarropa a un conocido tras una discusión en A Coruña

Abandonó la habitación y regresó con una pistola semiautomática que empleó apuntando a la cara y sin mediar palabra

Audiencia Provincial de A Coruña. Wikipedia

La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a diez años y cuatro meses de cárcel a un hombre que disparó a otro con una pistola en el interior de su domicilio, durante la madrugada del 28 al 29 de junio de 2023. La víctima, que sufrió graves lesiones, fue alcanzada en el hombro tras una discusión entre ambos. La sentencia, dictada este mes de abril, califica los hechos como un delito de asesinato en grado de tentativa y otro de tenencia ilícita de armas.

Según los hechos probados, sobre las 2.00 de la madrugada, el acusado se encontraba con la víctima en su vivienda en A Coruña. En el curso de una discusión, abandonó la habitación y regresó al instante portando una pistola semiautomática del calibre 7,65. Sin mediar más palabra, le apuntó directamente a la cara y disparó a muy corta distancia.

Aunque el proyectil no alcanzó zonas vitales, impactó en el hombro, provocando una fractura no desplazada en el húmero, una herida en el labio superior y otra en el cuello. El tribunal concluye que el acusado actuó con la intención clara de acabar con la vida de la víctima, y que sólo la trayectoria desviada del disparo impidió un desenlace fatal.

Secuelas físicas y psicológicas

Las heridas requirieron intervención quirúrgica y un tratamiento prolongado. El hombre estuvo hospitalizado durante siete días, necesitó 15 días de reposo absoluto y otros 33 no impeditivos. Como secuelas, presenta varias cicatrices visibles y molestias persistentes en el brazo izquierdo.

La sentencia impone al condenado el pago de una indemnización de 23.310 euros por lesiones, secuelas y perjuicio estético. Además, deberá abonar al Servicio Gallego de Salud (Sergas) los costes de la asistencia médica que se determinarán en ejecución de sentencia.

La Sala considera acreditada la agravante de alevosía. El ataque con un arma de fuego, esgrimida de forma súbita y sin advertencia, dejó a la víctima “en una situación de absoluta indefensión”. En palabras del tribunal, el uso inesperado de la pistola eliminó cualquier posibilidad de defensa y refuerza el carácter sorpresivo del ataque.

También se le condena por tenencia ilícita de armas, ya que no contaba con licencia para poseer la pistola. La Policía encontró en su domicilio cuatro vainas del mismo calibre del proyectil extraído a la víctima, además de imágenes previas en redes sociales donde aparecía armado.

Pruebas periciales

Durante el juicio, el acusado negó los hechos e incluso haber estado con la víctima esa noche, afirmando que solo hablaron por teléfono. Sin embargo, dos fotogramas de un cajero automático y un testimonio de un armero que lo reconoció cuando intentaba comprar munición desmintieron su versión. La Sala valora negativamente esta coartada falsa como un elemento más que refuerza la credibilidad del relato de la víctima.

El hombre fue condenado a nueve años de prisión por la tentativa de asesinato y a un año y cuatro meses por la tenencia ilícita de armas. La sentencia también establece una orden de alejamiento de 500 metros respecto a la víctima y prohíbe cualquier tipo de contacto durante un periodo de quince años. La resolución no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.