Tribunales

La justicia gallega rechaza conceder la baja a una profesora tras someterse a una cirugía estética

El tribunal considera que la operación no fue prescrita por motivos médicos y niega la prestación por incapacidad temporal

Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Europa Press

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la negativa a conceder una prestación por incapacidad temporal (IT) a una profesora de Vigo que había iniciado una baja médica tras someterse a una operación de cirugía estética en el cuello.

La sentencia, fechada el pasado 25 de marzo, desestima el recurso presentado por la mujer y ratifica la decisión previa del Juzgado de lo Social número 6 de Vigo.

Según recoge la resolución judicial, la profesora se sometió en marzo de 2023 a un lifting cervical con el objetivo de retirar un exceso de grasa. La intervención tuvo lugar en un hospital privado y no fue prescrita por el Servizo Galego de Saúde (Sergas).

Aunque la mujer alegó sufrir un trastorno dismórfico corporal, que le generaba ansiedad y afectaba a su bienestar emocional, el TSXG considera que no existe constancia de una enfermedad médica previa que hiciera necesaria la intervención desde un punto de vista clínico.

La profesora había iniciado la baja por contingencias comunes y solicitó lacorrespondiente prestación por incapacidad temporal. Sin embargo, tanto la mutua como los órganos judiciales han negado esta posibilidad al considerar que la cirugía tenía una “finalidad meramente estética”.

El TSXG destaca que, para que una intervención quirúrgica estética pueda dar lugar a una prestación de IT, esta debe estar relacionada con una enfermedad, un accidente o una malformación congénita, lo cual no concurre en este caso.

El tribunal también analiza que, aunque la mujer estuvo en situación de baja médica por un trastorno adaptativo de ansiedad, dicha dolencia estaba vinculada a un contexto laboral previo y no a la cirugía estética realizada.

Además, los magistrados subrayan que, de haber sido efectivamente necesario el procedimiento quirúrgico por razones clínicas o psiquiátricas, este debería haber sido prescrito por el sistema público de salud, lo que no sucedió.