Cataluña

Sólo una ley estatal permitiría suspender la prohibición de los toros en Cataluña

Asociaciones de jueces apuntan que la decisión estaría en manos del TC

La Razón
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Una ley estatal que protegiese la Fiesta de los toros podría dejar en suspenso la hipotética prohibición de las corridas taurinas en Cataluña. Así lo piensan dos de las tres principales asociaciones de jueces, para las que ésta sería la única posibilidad jurídica para que la Administración central garantizase la celebración de los festejos en todo el territorio nacional.Marcelino Sexmero, portavoz de la Asociación Francisco de Vitoria, cree que Cataluña, al igual que el resto de comunidades autónomas, tiene potestad para prohibir las corridas de toro porque la Fiesta nacional «no está regulada en una ley general, por lo que las autonomías tienen libertad para decidir si hay o no corridas de toros en su territorio». Sin embargo, añade, la situación daría un vuelco «si se aprobase una ley estatal donde se reconociese a las corridas de todos como una Fiesta de interés nacional que gozase de una especial protección». En ese caso, argumenta, a las comunidades autónomas les correspondería sólo la regulación «específica» de la Fiesta nacional.Luis Garrido, de la mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura (APM), da un paso más. Para el magistrado –que mañana tomará posesión de la Presidencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del País Vasco– si una ley estatal regulase este espinoso asunto, esa pugna jurídica terminaría en el Tribunal Constitucional (TC). «Entonces se plantearía inevitablemente un conflicto de competencia». El magistrado recuerda que, una vez aprobada la norma estatal, si fuese el propio Estado quien plantease ante el TC la cuestión competencial, la norma catalana de prohibición de las corridas de toros quedaría en suspenso «de forma automática». «No queda otra opción», recalca. Esa suspensión sería temporal, pero el TC, añade, «suele ser proclive a mantenerla pasado ese periodo inicial de cinco o seis meses».No obstante, en el caso de que fuese la comunidad autónoma la que plantease el conflicto, la situación cambiaría. Entonces, sería el TC el que tendría la potestad para suspenderla. Garrido recuerda que la ley vasca del deporte (que recogía la oficialidad de las selecciones autonómicas) «lleva ocho o nueve años suspendida por el TC después de que fuera suspendida por el Estado». El magistrado, eso sí, insiste en que habría que ver qué título competencial invocaría el Estado para legislar sobre esta materia (dado que las competencias culturales corresponden a las autonomías).Más escéptico se muestra José Luis Ramírez, portavoz de Jueces para la Democracia, para quien «no está claro que el Estado pueda regular una cuestión cuya competencia es autonómica». «Habría que analizar el título competencial invocado», subraya.Los pasos- Norma estatalSi el Estado protegiese por ley las corridas de toros, las regulaciones autonómicas deberían limitarse a una regulación «específica» de la Fiesta nacional, sin posibilidad de prohibirla, mantiene la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria. - Conflicto de competencia Para la APM, aprobada la ley estatal, el conflicto de competencia ante el TC sería inevitable. Si lo plantease el Estado, la suspensión de la norma autonómica sería automática.- Título competencialLos jueces coinciden en que habría que examinar con lupa las competencias invocadas por el Estado para regular los toros, porque las cuestiones culturales son atribuciones de las autonomías.