Basauri
La Audiencia Nacional confirma la libertad de dos etarras
La Audiencia Nacional ha confirmado la decisión del juez central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, de conceder la libertad condicional a los presos de ETA José Manuel Fernández Pérez de Nanclares y Fernando de Luis Astarloa, a los que no ha prohibido acercarse a Bilbao, como pedía la Fiscalía.
Así lo ha acordado la sección primera de la sala de lo penal de este tribunal en sendos autos notificados hoy en los que desestima los recursos de apelación del Ministerio Público contra la decisión adoptada el pasado 7 de mayo por Castro de no prohibir a los reclusos que acudan a Bilbao, ciudad en la que residen sus víctimas.
El fiscal Carlos Bautista "no discutió"la libertad condicional concedida a los etarras, clasificados en tercer grado penitenciario desde octubre (Astarloa) y febrero (Pérez de Nanclares), pero sí consideró necesario que se estableciera como regla de conducta la de no acudir o residir en la capital vizcaína.
El tribunal, integrado por Fernando Grande-Marlaska, Javier Martínez Lázaro y Ramón Sáez Valcárcel, ratifica las medidas acordadas por el juez central de Vigilancia Penitenciaria al entender que "exigir al día de hoy una regla de conducta como la indicada carece de cualquier proporcionalidad".
Para los magistrados, Castro estableció distintas medidas "suficientemente explícitas y exhaustivas en términos de poder concluir el buen uso de la libertad condicional, así como la no causación de perjuicio complementario a la sociedad en general, y a las víctimas directas del terrorismo en particular".
Castro impuso a los dos presos la obligación de continuar con el abono de la responsabilidad civil, de que queden bajo la custodia de un familiar, la de residir en el lugar que han comunicado al juzgado, además de ser sometidos a un seguimiento por parte de los servicios sociales.
Para rechazar la petición fiscal de que se les imponga la prohibición de establecer su domicilio en Bilbao, el juez estimó que, en el caso de Astarloa, "ha fijado su proyecto de vida"fuera de la capital vizcaína, y que Pérez de Nanclares, preso en la cárcel de Basauri (Vizcaya), ha disfrutado de permisos "sin incidencia negativa de ningún tipo".
Estos argumentos fueron criticados por el fiscal porque entendió que Castro asumió de "manera íntegra e incondicionada"los informes favorables de las respectivas Juntas de Tratamiento de los centros penitenciarios, cuando el alejamiento debería acordarse no "desde la visión del interno, sino desde las víctimas y sus familiares", pues su aceptación "no genera perjuicio alguno"para los reclusos.
La sección segunda de la sala de lo penal subraya ahora que ambos reclusos se han desvinculado de forma pública ETA y han repudiado el uso de la violencia, han pedido perdón a las víctimas y han manifestado su voluntad "no sólo intelectual sino material, de cumplir con las indemnizaciones.
La decisión de Castro de concederles la libertad condicional se adoptó después de que el Ministerio del Interior anunciara la puesta en marcha de un programa integral dirigido a presos por delitos de terrorismo vinculados no sólo a ETA, sino también a los GRAPO y los grupos yihadistas e incluso el crimen organizado, para facilitar su reinserción y evitar su radicalización en las cárceles.
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