Nueva York

El TC frena de plano el último recurso de Garzón

Destaca que no sufrió vulneración de sus derechos al ser inhabilitado por las escuchas de «Gürtel»

El exjuez Baltasar Garzón, ayer durante su participación en un acto público
El exjuez Baltasar Garzón, ayer durante su participación en un acto públicolarazon

MADRID- El Tribunal Constitucional ni siquiera entrará a estudiar el fondo del recurso presentado por el ex juez Baltasar Garzón contra la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que le condenó a 11 años de inhabilitación, lo que supuso su expulsión de la carrera judicial, por haber ordenado grabar en prisión a los principales imputados del «caso Gürtel» con sus abogados.

En una providencia de la Sala Segunda del Alto Tribunal, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, se especifica, en apenas siete líneas, que después de examinar el recurso de Garzón se decide su inadmisión a trámite, es decir, rechazo de plano, «dada la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo», que es requisito indispensable para que pueda entrar a estudiarse el mismo. De esta manera, se rechaza de forma tajante que el ex juez de la Audiencia Nacional hubiese sufrido vulneración de cualquier derecho fundamental en la instrucción de la causa o en el enjuiciamiento.

En su recurso, Garzón señalaba que la condena que le impuso el Tribunal Supremo por prevaricación «pone incluso en peligro la independencia judicial que garantiza la Constitución». El ex juez sostenía que esa decisión era «gravísimamente inconstitucional en términos hasta ahora desconocidos en nuestro estado democrático», pues le condenaba por «un delito que no existe en las leyes españolas».

El Tribunal Supremo, en una sentencia dictada por unanimidad el pasado 7 de febrero, concluyó que las resoluciones por las que acordó esas escuchas «laminaron» el derecho de defensa, sin que hubiese motivo que justificase esa injerencia injusta y sin datos «de ninguna clase» de que los letrados utilizaban esas visitas para que sus clientes pudiesen «cometer nuevos delitos». Y todo ello, cuando sabía que esas decisiones «afectarían al derecho de defensa». La Sala dejó claro que la búsqueda de la verdad en un Estado de Derecho no puede realizarse «a cualquier precio».

Los procesos
«Caso Gürtel». Fue condenado a once años de inhabilitación por un delito de prevaricación consistente en interceptar las conversaciones que los imputados mantuvieron en prisión con sus abogados, interceptación que ordenó y prorrogó a sabiendas de que vulneraba el derecho fundamental de defensa.
Memoria Histórica. El TS absolvió a Garzón por el intento de investigar los crímenes del franquismo pese a que aplicó erróneamente las normas legales en las que se basó para asumir la competencia de dicha investigación.
Cursos de Nueva York. El Supremo estimó que sí cometió un delito de cohecho impropio al reclamar dinero a empresas, pero aclaró que los hechos habían prescrito al haberse superado el plazo establecido de tres años.