Conflictos laborales
El TSJM anula los servicios mínimos en la huelga de Metro del año pasado
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) hizo pública este martes la sentencia por la que son declarados nulos los servicios mínimos decretados por la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid para la huelga convocada en Metro los días 29 y 30 de junio de 2010.
Según informa CCOO, la demanda de impugnación de los servicios mínimos decretados para las mencionadas fechas fue interpuesta por este sindicato, y a ella se adhirieron después el resto de organizaciones sindicales.
"Como no podía ser de otra manera", subrayó CCOO, "una vez más la justicia nos da la razón en una sentencia en la que declara que la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid infringe el derecho fundamental de huelga amparado en el artículo 28.2 de la Constitución Española".
La sentencia implica la suspensión de todas las sanciones, expedientes y anotaciones que conllevaron la huelga los días 29 y 30 de junio de 2010, en los que los trabajadores decidieron no respetar los servicios mínimos, que ahora son anulados por el tribunal, al igual que ya sucediera con los decretados para el 28 de junio de ese mismo año.
✕
Accede a tu cuenta para comentar