Conciliación
OPINIÓN: Jesús Trillo-Figueroa: Interveción «integral»
En nuestra Constitución no hay ninguna clase de leyes que se defina como «integral». Las leyes pueden ser: orgánicas, ordinarias, autonómicas... El carácter «integral» ha sido introducido por los socialistas radicales de Zapatero, pues siempre se trata de leyes de inspiración «feminista radical».
La primera fue la ley integral contra la violencia de género; ahora le toca a la Ley Integral de Igualdad de Trato, conocida como Ley Pajín. Pudiera parecer que lo de «integral» obedece a una cierta traición del subconsciente freudiano, tan latente en ellas, por aquello del desnudo integral. Algo de eso hay, pero no es así del todo; me explico. Según la exposición de motivos de ambas normas, el significado de la nueva categoría consiste en que la ley afecta a todos los ámbitos de la vida, y a todo tipo de relaciones: tanto públicas como privadas.
Vida privada
Obedece a ese principio radical de «lo personal es político», en virtud del cual el Estado debe intervenir en lo más íntimo de la vida privada de las personas para garantizar la igualdad de género. Asistimos a un nuevo título para legitimar el intervencionismo estatal. Una nueva forma de actuación administrativa, junto a las clásicas categorías de «fomento», «servicio público» o «dominio público». Hay que incorporar a la teoría de la acción pública «la actuación integral». No sé si nuestros liberales son conscientes de esta nueva categoría legal, pero deberían de estar enterados y atentos, porque por culpa de ella la libertad privada, la intimidad y la esfera privada se van a quedar radicalmente en pelotas.
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