Valencia

Una empresa indemnizará con 120000 euros a una embarazada que despidió

El titular del juzgado de lo Social número 6 de Valencia ha condenado a una empresa a readmitir a una trabajadora a la que despidió cuando estaba embarazada y a indemnizarla con 120.000 euros. Esto ocurrió tras readmitirla cuando la despidió una primera vez por tener la jornada reducida para cuidar de sus hijos, según afirma la sentencia.

La Razón
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La mujer prestaba servicios en la empresa demandada desde el 28 de febrero de 1996. El día 2 de junio de 2009, cuando ya disfrutaba de una reducción de jornada del 33 por ciento por cuidado de hijo menor, se le notificó el despido, alegando motivos económicos. La entidad no le preavisó con un mes de antelación, ni le abonó la cantidad correspondiente a los 20 días de indemnización.

La mujer presentó una demanda contra este despido, y el titular del juzgado de lo Social número 7 de Valencia dictó una sentencia por la que reconocía la nulidad del mismo. La empresa le remitió un burofax por el que se le readmitía en su puesto de trabajo.

La mujer se incorporó entonces a su puesto de trabajo, y al día siguiente se le notificó el despido por motivos económicos. En este momento, la mujer estaba embarazada de 28 semanas, lo cual era conocido por la empresa.

El magistrado estima que las causas alegadas por la empresa para despedir a la mujer no son ciertas. Así, declara nulo el despido, por su carácter discriminatorio y lesivo al derecho a la tutela judicial efectiva, ya que cuando se le notificó el despido estaba embarazada. La empresa tendrá que readmitirla e indemnizarla.

Por este motivo, condena a la empresa a su inmediata readmisión, y a que abone a la mujer los salarios de tramitación correspondientes al tiempo de la substanciación de estas actuaciones desde la fecha del despido, y a que la indemnice con 120.000 euros por los daños y perjuicios causados.