Despidos
El Gobierno concede una amnistía al empleo sumergido para combatir el paro
Las empresas no estarán obligadas a pagar las cuotas sociales dejadas de abonar por sus empleados.
El Gobierno aprobó ayer un real decreto destinado a combatir la economía sumergida con el que pretende reducir el número de parados, situado a las puertas de la barrera psicológica de los cinco millones de personas desocupadas en términos Epa. Para ello, concederá a las empresas un período de gracia de tres meses hasta el 1 de agosto, en el que podrán regularizar sus empleos sumergidos sin sobrecoste.
Pero el Ejecutivo concede una amnistía a medias, ya que no reconocerá a los trabajadores que regularicen sus derechos anteriores. En este contexto, las empresas que afloren estos empleos antes del 1 de agosto tampoco tendrán que pagar las cotizaciones que deberían haber abonado hasta la fecha. Precisamente, esta ausencia de reconocimiento de los derechos de los trabajadores que llevan años trabajando en la clandestinidad ha levantado más de una ampolla entre los líderes sindicales. Así lo expresaron ayer minutos antes de que el Consejo de Ministros diera su visto bueno al decreto-ley. Pese a la oposición sindical, el Gabinete de Zapatero aprobó esta regularización por enmarcarse en el paquete de medidas del pacto del euro, tal y como anunció el mes pasado.
El primer borrador remitido por el Gobierno a las centrales establecía un año de retroactividad en el pago de las cuotas a la Seguridad Social atrasadas, mientras que el segundo recortaba aún más este plazo, hasta limitarlo al 1 de enero de 2011. Al final, Zapatero ha optado por eliminar la retroactividad de la norma para facilitar el afloramiento de empleos.
Pasado el período de gracia de tres meses para regularizar los puestos de trabajo, el Gobierno, que desconoce cuántos empleos aflorarán al calor de esta norma, endurecerá las sanciones contra las empresas y contra los trabajadores que compatibilicen el cobro de prestaciones.
Más sanciones desde agosto
- El Gobierno endurecerá las sanciones, una vez acabado el período de gracia –1 de agosto de este año– para que afloren los empleos sumergidos.
- Multas a empresas: Ahora se sitúan entre la mínima de 622 euros y la máxima de 6.200 euros. A partir de agosto aumentarán a 3.000 euros la mínima y a 10.000, la máxima. Es decir, se multiplicarán por cinco.
- Sanciones a trabajadores que compatibilicen el cobro de prestaciones: pasarán de 6.251 euros la mínima a 10.000, mientras que la máxima se mantendrá en 187.000 euros.
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