Arquitectura

Flexibilizar la normativa por Paz González

La Razón
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La instrucción relativa a los requisitos que deben cumplir los Planes Especiales de Control Urbanístico Ambiental para transformar edificios residenciales en terciarios en su clase de oficinas como uso autorizable en el ámbito de la Norma Zonal 1 tiene su base en delimitar aún más los usos previstos en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid del año 97, que establecía, simplemente, que para poder cambiar el uso de un edificio de residencial a terciario en su clase de oficinas bastaba con un Plan Especial en aquellas zonas inapropiadas para la vivienda, como son la planta baja e inferior a la baja y, ocasionalmente, la planta primera

De igual forma, el Plan General decía que se permitía en áreas concretas la posible implantación de usos terciarios en edificio exclusivo, condicionado en la mayoría de los casos a estar en posesión de licencia para tal uso en, al menos, el 50% de su superficie.

La instrucción que se dictó en el año 2010 limitaba aún más esta posibilidad, impidiendo de hecho que se pudiera cambiar el uso, añadiendo más obstáculos en cuanto a estudios de movilidad, anchura de aceras y especificando el tipo de licencias que se podrían considerar válidas a la hora de establecer el 50% de la superficie.

La idea del Gobierno de la ciudad de Madrid es flexibilizar la normativa, de forma que se puedan cambiar los usos tal y como originalmente establecía el Plan General, no limitando más esta posibilidad y permitiendo el cambio de uso de edificios que ya viven esa realidad. No se trata, como pudiera entenderse, de una terciarización del centro ya que el propio Plan General imitaba suficientemente esta posibilidad.

Paz González
Delegada de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Madrid