Jubilación

La Comunidad elimina el impuesto para modificar las condiciones de las hipotecas

Facilitará las negociaciones para la financiación de las viviendas habituales

La Comunidad elimina el impuesto para modificar las condiciones de las hipotecas
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MADRID- Cambiar la hipoteca al banco que cuente con la mejor oferta, ampliar el préstamo o renegociar los plazos, conllevaba hasta ahora el pago del impuesto de los Actos Jurídicos Documentados para las modificaciones de escrituras sobre préstamos hipotecarios y líneas de crédito. Sin embargo, esta tasa tiene los días contados para los madrileños, ya que la Comunidad bonificará en su totalidad el impuesto de los Actos Jurídicos Documentados. Esta nueva rebaja fiscal beneficiará a aquellos que deseen renegociar las condiciones de su hipoteca, un proceso muy común en tiempos de crisis, y se incluirá en el anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales, que próximamente será remitido a la Asamblea para su votación. El anteproyecto contempla además otras reducciones fiscales como la supresión del impuesto del patrimonio, la desaparición del de donaciones y sucesiones o el aumento en un 20 por ciento de la deducción por vivienda habitual en el tramo autonómica del IRPF. Medidas que responden a la política fiscal de reducción de impuestos que Aguirre ha puesto en marcha ante a la crisis y frente a las medidas de aumento del gasto público que propone el Gobierno central. Según explicó ayer el vicepresidente regional y consejero de Cultura y Deportes, Ignacio González, esta medida fiscal supondrá un ahorro para el contribuyente de alrededor de 150 euros en el caso de una solicitud de ampliación hipotecaria de 150.000 euros.

EJEMPLOS DE APLICACIÓN DE LA BONIFICACIÓN
1. Ejemplo de tributación de las primeras copias de escrituras que
documenten la alteración del plazo, la modificación de las condiciones del
tipo de interés inicialmente pactado o vigente o del método o sistema de
amortización y cualesquiera otras condiciones financieras:
Capital solicitado 100.000
Plazo 10 años
Tipo de interés 5,00%
BASE IMPONIBLE
Constitución 227.000
Ampliación plazo (de 10 a 15 años) 15.342
(242,342,20 - 227.000) euros
Nota: En la constitución la base imponible es el importe total garantizado por la
garantía hipotecaria (principal, intereses, gastos, costas) y en la modificación de las
condiciones de amortización la base imponible es el incremento de la garantía
hipotecaria.
A) Operación mediante préstamo hipotecario:
La escritura pública de constitución se encuentra sujeta y no exenta de tributación.
La base imponible estará integrada por toda la responsabilidad hipotecaria (capital,
intereses, indemnizaciones, penas por incumpliendo). A título de ejemplo: 227.000
euros, en el caso de un capital inicial solicitado de 100.000 euros, a 10 años, y a un
tipo de interés del 5%.
La escritura pública de alteración del plazo se encontrará exenta, en virtud de lo
establecido en el Ley 2/1994.
A) Operación mediante crédito hipotecario:
La escritura pública de constitución se encuentra sujeta y no exenta de tributación.
La base imponible estará integrada por toda la responsabilidad hipotecaria (capital,
intereses, indemnizaciones, penas por incumpliendo). A título de ejemplo: 227.000
euros, en el caso de un capital inicial solicitado de 100.000 euros, a 10 años, y a un
tipo de interés del 5%.

La escritura pública de alteración del plazo no se encuentra exenta, ya que los
créditos hipotecarios se encuentran fuera del ámbito de aplicación de la Ley 2/1994.
La base imponible estará constituida por la ampliación de la responsabilidad
hipotecaria. En el caso, por la diferencia entre la responsabilidad inicial y final, es
decir, 15.342 euros.
Liquidación de la operación:
Base imponible
(aumento de responsabilidad hipotecaria):
15.342,20
Cuota íntegra:
(1% x 15.342,20)
153,20
Bonificación
(100% de la cuota)
- 153,20
Cuota a ingresar 0
2. Tributación de las primeras copias de escrituras que documenten la
modificación del método o sistema de amortización y cualesquiera otras
condiciones financieras, en el caso de un préstamo o crédito hipotecario:
Capital solicitado 100.000
Plazo 10 años
Tipo de interés 5,00%
BASE IMPONIBLE
Constitución 227.000
Cambio sistema amortización 12.500
(239,500,00 - 227.000) euros
Escritura pública que documenta el cambio del sistema de amortización de un
préstamo hipotecario, por el que se pasa de un préstamo de tipo francés –con
cuotas constantes, intereses sobre el capital pendiente y amortización de capital
creciente-, a un método de amortización americano que supone el pago sólo de
intereses durante la duración del préstamo y el abono de todo el capital concedió al
finalizar éste).

En este caso, se consigue reducir la cuota periódica, pero ello viene acompañado
de un incremento de la responsabilidad hipotecaria, al calcular la carga financiera
siempre sobre el principal. A título de ejemplo, el aumento de la garantía hipotecaria
se estima en 12.500 euros.
La escritura pública que documente el cambio de sistema de amortización se
encuentra sujeta y no exenta, cuya base imponible vendrá determinada por la
ampliación de la responsabilidad hipotecaria: 12.500 euros.
Liquidación de la operación:
Base imponible
(aumento de responsabilidad hipotecaria):
12.500,00
Cuota íntegra:
(1% x 12.500,00)
125,00
Bonificación
(100% de la cuota)
- 125,00
Cuota a ingresar 0