Rusia
Estrasburgo condena a Rusia por no proteger a las víctimas de la masacre de Beslán
La condena a Rusia incluye una indemnización total de 2.955.000 euros a los 409 demandantes (heridos en el atentado y familiares de las víctimas mortales) y 88.000 euros por costas.
Rusia no protegió el derecho a la vida de las 330 personas, entre ellos 180 niños, que murieron en el atentado terrorista en una escuela de Beslán en 2004, según una sentencia publicada hoy por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). La sentencia constata violaciones por la inacción en materia de seguridad, a pesar de conocer la amenaza; por las deficiencias graves en la investigación; por no minimizar riesgos en el salvamento y por la fuerza letal usada por las fuerzas de seguridad, que ocasionó víctimas adicionales entre los secuestrados.
La condena a Rusia incluye una indemnización total de 2.955.000 euros a los 409 demandantes (heridos en el atentado y familiares de las víctimas mortales) y 88.000 euros por costas. Según el fallo de la Corte europea, las autoridades rusas "disponían de suficiente información precisa sobre un proyecto de ataque terrorista en la región, ligado al inicio del curso escolar".
Ante esa amenaza, el Tribunal de Estrasburgo cree que se deberían haber tomado "medidas de prevención y protección"en todos los centros escolares de la región de Osetia del Sur, y recuerda que la administración escolar, los padres y los alumnos no fueron advertidos.
En cuanto a la investigación de los hechos, el fallo concluye que "no hubo un examen adecuado sobre la manera en la que murieron las víctimas", ni una autopsia completa, al tiempo que recuerda que para un tercio de las víctimas no se estableció la causa exacta de la muerte.
Añade que los responsables no investigaron debidamente el uso indiscriminado por parte de las fuerzas del orden de lanzagranadas, lanzallamas y un cañón de asalto en la toma del colegio, donde más de mil personas permanecieron secuestradas durante tres días.
Así, se concluye que "la imposibilidad de que las víctimas conocieran las conclusiones de la investigación y su eventual impugnación parece injustificable". Sobre la preparación del operativo, el fallo ve otra vulneración del derecho a la vida, por no haber procedido a un salvamento minimizando los riesgos, al tiempo que constata graves fallos en el mando oficial, que influyeron en el trabajo de las fuerzas de seguridad y los bomberos. Además, la Corte europea señala que si el recurso a la fuerza letal "estaba justificado por las circunstancias", matiza que "un uso tan masivo e indiscriminado de explosivos y armas no puede ser considerado como absolutamente necesario". El Tribunal de Estrasburgo no ve, en cambio, una vulneración del derecho a un recurso efectivo de los demandantes, debido a los procedimientos judiciales internos realizados. EFE
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