Andalucía
El 70% de las enfermedades causadas por el trabajo nunca se denuncian
Los afectados pierden la protección ante un despido, además de beneficios médicos y en las pensiones
Los afectados pierden la protección ante un despido, además de beneficios médicos y en las pensiones
El riesgo en los trabajos suele medirse por los accidentes que se producen. Al margen quedan las enfermedades derivadas de cada actividad, de las que el año pasado se comunicaron 996 partes –el 64% obligaron a estar de baja al afectado–. El sindicato CC OO ha advertido repetidamente de una «infradeclaración» cifrada en un 94%, según un informe realizado en 2015. Los valores oficiales consideran también que Andalucía está muy lejos de los casos reales que se producen. Basándose en el número de afiliados, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social sitúa en 75 puntos la diferencia –las casi mil registradas se convertirían en unas 1.700–. Prácticamente todas las comunidades autónomas «juegan» con esta práctica, que beneficiarían de alguna manera a las mutuas aseguradoras, como responsables de las contingencias profesionales, y a la Seguridad Social.
Las enfermedades declaradas chirrían con otros parámetros relacionados con la siniestralidad laboral en la comunidad, a la cabeza en accidentes y muertes. Las consecuencias de esa ocultación no son solo estadísticas, si no que afectan directamente a los trabajadores. Una de las más directas es la protección ante un posible despido. «Si se considera enfermedad común lo dejan en una situación de debilidad en cuanto que se facilita su despido por causas objetivas, sin más motivación que esas ausencias reiteradas aún debidas a cuestiones justificadas por salud», advierte CC OO. Repercutiría también en una futura pensión y en la posible declaración de invalidez o en beneficios económicos como la gratuidad de medicamentos. Del otro lado, la Seguridad Social no tendría que asumir esos gastos (el 40% en medicinas), ahorrándose además el incremento derivado de las pensiones.
Las mutuas, por su parte, se librarían de los costes de supervisión de las bajas y de sufragar el tratamiento en su caso, ya que solo están obligadas a ello si se demuestra que se ha producido a consecuencia del trabajo desarrollado. «Las contingencias comunes puedes tenerlas contratadas con una mutua o no. Si las tienes contratadas, se hace un control férreo para que te des de alta cuanto antes. Pero cuando no está contratado, la empresa lo deriva al sistema de salud general», explica Nuria Martínez, secretaria de Condiciones de Trabajo y Salud Laboral de CC OO Andalucía. «A la empresa le conviene no declararla para poder acceder a los bonus de siniestralidad y porque les rebajan las primas», asegura.
El informe del sindicato incide igualmente en la desidia para reconocer estas enfermedades cuando se manifiestan tiempo después de abandonar ese trabajo. «Estimamos que existe un amplio subregistro de aquellas que tienen una manifestación crónica o diferida en el tiempo, es decir, cuando media un intervalo temporal desde la exposición al factor de riesgo hasta la manifestación del daño». CC OO alerta de que esa distorsión repercute en una menor atención en prevenir afecciones para la salud, tanto por parte de los empleados como de las empresas y de los médicos de la sanidad pública, que son en última instancia quienes deben informar si existe sospecha sobre el origen laboral de la dolencia.
El Informe sobre el Estado de las Enfermedades Profesionales en Andalucía, relativo al primer semestre de 2017, detalla cada caso detectado, con gravedades muy diversas: desde el cáncer de pulmón por exposición al amianto, sordera por exposición a ruido excesivo o el llamado «codo de tenista» que sufrieron un centenar de trabajadores por movimientos repetitivos. Para veintidós de ellos se estaba tramitando la incapacidad permanente. En once empresas se superaron los límites de siniestralidad fijados.
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