ERE
El juzgado de los ERE embarga el finiquito por despido de Fernández
El abogado enmarca la decisión en un «contexto de persecución cautelar» de su patrimonio
El juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, que investiga los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares de la Junta, ha decretado el embargo de la indemnización de alrededor de 30.000 euros que corresponde al ex consejero de Empleo, Antonio Fernández, por su despido de González Byass.
Así lo establece un decreto dictado el pasado 4 de marzo en el que el tribunal ordena que el dinero que Fernández pueda percibir de la bodega jerezana por su salida se destine a afrontar la fianza de responsabilidad civil de 807.403.232,44 euros que le fue impuesta «a priori» por la juez Mercedes Alaya y luego ratificada por la Audiencia Provincial de Sevilla, al entender que existían «severos indicios de criminalidad» contra él. Un depósito que respondería a los fondos abonados entre 2001 y 2010 por el Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) y la Agencia IDEA, en virtud del convenio firmado por la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social del Ejecutivo regional para repartir las polémicas ayudas a empresas y particulares.
El juzgado recuerda que ya se acordó el embargo de «determinados» bienes del ex consejero, imputado en la causa, tras lo que la compañía de seguros Generali comunicó al órgano judicial que Fernández, en su condición de partícipe «del contrato de seguro colectivo de vida, modalidad rentas, suscrito como tomador por la mercantil González Byass», le había remitido un escrito «solicitando la devolución de la aportación que por despido» le pertenecía. Punto del que, para el órgano instructor, se desprende que el ex titular de Empleo se beneficiría de una «cantidad líquida», que es la que ahora manda embargar.
De hecho, libra un oficio a Generali a fin de que la compañía «proceda a la retención de la cantidad que corresponda al imputado» en razón de dicha póliza y además «la ingrese» en el juzgado. ¿En qué justifica el órgano judicial la medida? Alude el artículo 599 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que establece «una regla a seguir de especial importancia en estas diligencias previas y es que, en el supuesto de que creyese que los bienes del imputado 'no son suficientes, se embargará además los que considere necesarios'», para garantizar el cumplimiento de las responsabilidades pecuniarias. Contra esta resolución cabe recurso de revisión a interponer en un plazo de cinco días hábiles «con expresión de la infracción cometida», aunque «se llevará a efecto lo acordado», según advierte el mencionado juzgado sevillano número 6. Fuentes del entorno del ex consejero quieren dejar claro que la indemnización por despido que ahora reclama la Justicia corresponde a una póliza «íntegramente compuesta por fondos privados» de la sociedad jerezana González Byass, «de la que fue un trabajador despedido más, como el resto».
Es más, recuerdan que Fernández nunca suscribió la documentación necesaria para percibir una segunda póliza ligada al ERE de la bodega que sí estaba conformada por fondos públicos librados por el Ejecutivo autonómico.
En concreto el abogado del ex responsable del departamento de Empleo, Alfonso Martínez del Hoyo, enmarcó la decisión judicial en «el contexto de persecución cautelar del patrimonio» de su cliente.
Cabe recordar que la magistrada que retomó el martes las riendas del caso ERE imputó a Fernández cuatro supuestos delitos continuados de prevaricación, malversación, fraude en la obtención de subvenciones y negociación prohibida a funcionarios, a los que sumó otro de cohecho y un último delito de falsedad. La instrucción de este asunto provocó, asimismo, que el ex consejero se viera incluso privado de libertad, al decretar Alaya su ingreso en prisión. Permaneció en la cárcel de Morón de la Frontera desde el 24 de abril de 2012 hasta el 10 de agosto, fecha en la que pudo abandonar las instalaciones penitenciarias tras pagar una fianza de 450.000 euros. Mientras, la agitación en torno a los ERE crecía fuera.
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