Economía

La Junta carga contra la Audiencia por Aznalcóllar: es un órgano «omnímodo»

Defensas se unen para pedir la nulidad del auto por el que Mercedes Alaya reabrió el caso

La Razón
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Defensas se unen para pedir la nulidad del auto por el que Mercedes Alaya reabrió el caso

La representación letrada de la Junta de Andalucía, junto a abogados de otros cargos implicados en el denominado «caso Aznalcóllar» han elevado varios escritos a la Audiencia provincial de Sevilla en los que reclaman la nulidad de las actuaciones.

Concretamente se dirigen en contra del auto del pasado 19 de octubre por el que la Audiencia reabrió el caso que se derivó de la adjudicación de la mina al grupo México-Minorbis. La reapertura fue adoptada por unanimidad de los cuatro jueces que componen la Sección Séptima. La ponente fue la ex titular de Instrucción 6, Mercedes Alaya, la magistrada que estuvo al frente de la instrucción de casos que afectan a la Junta como los ERE o el fraude de los cursos de formación.

Los letrados de la Junta de Andalucía señalan en un escrito consultado por este periódico que el auto es «nulo de pleno derecho» debido a una infracción del artículo 24 de la Constitución, que recoge el derecho a «la tutela judicial efectiva y a un juez ordinario predeterminado por la ley».

Reclaman a la Audiencia que anule el auto de reapertura del caso del 19 de octubre y acuerde una nueva resolución acorde a «la desestimación del recurso subsidiario de apelación interpuesto por la denunciante –Emerita Resources– y Manos Limpias».

A lo que alude la Junta es al auto de diciembre del año 2015 que emitió la titular del juzgado de Instrucción 3 de Sevilla, Patricia Fernández, por el que confirmó el archivo de la causa y rechazó los dos recursos citados. La jueza abrió la investigación después de la denuncia presentada por Emerita Resources en marzo de 2015 y en la que apuntaba delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias y negociación ilegal en el proceso de concesión.

Varias defensas esgrimen la doctrina del Tribunal Constitucional en el sentido de que la ley concede al juez de Instrucción la facultad de controlar la consistencia de la acusación que se formula. «Se ha constituido –recoge el escrito de los servicios jurídicos de la Junta– la Audiencia provincial en un omnímodo órgano instructor, invadiendo el privativo ámbito jurisdiccional que corresponde al juez de instrucción para apreciar la existencia o no de indicios de delito».

El auto de 19 de octubre de la Audiencia provincial –abundan los letrados de la Junta– «no toma en cuenta que hay hechos, objetivamente falsos, consignados en las suvesivas denuncias (hasta tres) presentadas por Emérita Resources». Y añaden que acuerda «la práctica de diligencias que ya habían sido denegadas por medio de un auto firme por el juzgado de Instrucción».

La Fiscalía, en contra de la paralización

La Fiscalía de Sevilla se ha opuesto a la petición realizada por Emerita Resources España para que, como medida cautelar, la jueza ordene la «inmediata» paralización de «cualquier trabajo que se esté realizando» en la mina «y los recursos mineros objeto del concurso». Fuentes del Ministerio Público informaron a Europa Press de que la teniente fiscal ha elevado un escrito al Juzgado de Instrucción número 3 de Sevilla que se ocupa del caso.