Sevilla
La Junta licita por debajo de convenio el contrato de 900 monitores educativos
El Tribunal Administrativo atiende el recurso de una sociedad que no pudo presentarse al concurso, desliza que la Administración ha favorecido a determinadas empresas y obliga a ampliar la dotación.
El Tribunal Administrativo atiende el recurso de una sociedad que no pudo presentarse al concurso, desliza que la Administración ha favorecido a determinadas empresas y obliga a ampliar la dotación, por ahora en la provincia de Málaga.
Los 904 monitores de educación especial –según cifras oficiales de 2015– contratados de forma externa por la Junta de Andalucía tienen motivos para ilusionarse después de años de reinvidicaciones sin éxito. Al menos el primero de los recursos presentados por la empresa Factudata XXI SL, y que mantenía suspendido desde julio el procedimiento de licitación de los contratos en Málaga, Córdoba, Granada y Sevilla, ha sido estimado por el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales al dar por probado que el precio fijado por los servicios incumple el convenio laboral del sector y, además, considera que el pliego de condiciones «no salvaguarda la libre competencia», con lo que se favorece a determiandas empresas. Así, el ente público Infraestructuras y Servicios Educativos (ISE) es obligado a fijar un «presupuesto acorde con las circunstancias del mercado, superior en todo caso al importe de los costes laborales asociados a la ejecución del contrato» en la provincia de Málaga y todo hace indicar que sucederá igual en las otras provincias donde esta empresa también mostró su disconformidad con los pliegos de cláusulas particulares.
Se trata, ni más ni menos, de la principal reivindicación de un colectivo que ha sufrido durante años una alarmante precariedad laboral por parte de las empresas subcontratadas. Las denuncias que han presentado los afectados no han recibido por ahora una sentencia favorable firme. Las empresas que acceden a estos contratos licitaban aún más a la baja los servicios para ganar el concurso, lo que se traducía en sueldos no ajustados a la legalidad, que no respetan la antigüedad e incluso implican una clasificación del personal por debajo de la categoría real (cuidadores por monitores) para las funciones que cumplen en los colegios públicos. Desde 2006, la Consejería de Educación ha optado por externalizar este servicio que responde a una tarea ineludible de la Administración: la integración escolar de menores con necesidades educativas especiales desde Infantil a Secundaria, mantiendo de forma paralela a 726 monitores como personal laboral.
La resolución del Tribunal Administrativo, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, recuerda que el procedimiento de licitación del servicio en Málaga, con un valor estimado de 2.183.328 euros, quedó suspendido el 20 de julio, tras el recurso de Factudata XXI sin que el resto de licitadores presentase alegaciones. Esta sociedad ni siquiera había llegado a presentar una oferta pero entendía que sus derechos e intereses legítimos se veían perjudicados, denunciando que «el presupuesto base de licitación establecido no es adecuado a los valores del mercado, al no cubrir los costes que se derivan del servicio».
Tras un pormenorizado análisis, el Tribunal hace hincapié en que la Junta no manifiesta en sus alegaciones «nada acerca de los cálculos laborales» realizados por Factudata XXI, que resalta desfases que van desde -0,17 euros/hora en el «Lote 1» a -7,18 euros/hora en el «Lote 5», cantidades a las que añade la repercusión de gastos generales y otros gastos (además de los monitores han de contratarse coordinadores y se han de tener en cuenta concepto como absentismo, control de presencia, desplazamiento, coste de la oficina en la provincia del contrato), lo que haría «inviable el servicio». La Junta se limita a decir que ha incrementado en 1,10 euros la hora para las mismas licitaciones para este tipo de servicio con respecto a 2015, en el que otras empresas han prestado el servicio, lo que prueba la despreocupación con respecto al personal contratado.
El tribunal recuerda que «los costes de personal suponen el componente fundamental de la prestación correspondiente al contrato», pero existen además una serie de gastos necesarios para una adecuada ejecución del mismo, todo ello «sin perjuicio de lo dispuesto en relación a la subrogación del personal en el pliego». Y como remate, el tribunal desliza la que ha sido una de las denuncias públicas del colectivo, un presunto trato de favor a las empresas que acceden a los contratos. «El hecho de que el precio/hora fijado en el pliego se sitúe por debajo de lo establecido en covenio (XIV Convenio Colectivo de Centros y Servicios de atención a personas con discapacidad) nos hace concluir que no es acorde con el precio de mercado, pues el presupuesto debe cubrir los costes derivados de la ejecución del contrato, puesto que de lo contrario se estaría favoreciendo, a priori, a las empresas en las que concurran posibles condiciones favorables respecto a los gastos a afrontar». La repetición del procedimiento de licitación, que en noviembre se renueva, puede generar problemas en los colegios pero al menos los monitores verán ajustados sus sueldos a derecho.
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