Abusos a menores

Condena por abuso y no agresión sexual por violar a su sobrina menor en Sant Pere de Ribes

Dictan una pena de seis años y medio de cárcel al considerar que no hubo intimidación

En la imagen, una de las numerosas protestas organizadas tras conocerse la sentencia por el polémico caso de «La Manada», ocurrido en los San Fermines de 2016/
En la imagen, una de las numerosas protestas organizadas tras conocerse la sentencia por el polémico caso de «La Manada», ocurrido en los San Fermines de 2016/larazon

La reciente sombra de «La Manada» apareció ayer en Cataluña, en forma de una sentencia sobre violencia sexual. La Audiencia de Barcelona condenó a seis años y medio de cárcel a un hombre, por haber abusado sexualmente de su sobrina de 16 años.

La reciente sombra de «La Manada» apareció ayer en Cataluña, en forma de una sentencia sobre violencia sexual. La Audiencia de Barcelona condenó a seis años y medio de cárcel a un hombre, por haber abusado sexualmente de su sobrina de 16 años. Según el tribunal, los hechos incluyeron penetración , en un domicilio familiar de Sant Pere de Ribes.

Volviendo a la polémica sentencia de «La Manada», emitida recientemente, el acusado sólo fue condenado por abusos y no por agresión sexual. Así fue la decisión de las tres magistradas, que dictaron esta sentencia porque creen que no hubo intimidación ni violencia.

Los hechos ocurrieron en 2011 en la citada población del Garraf. La víctima, durante el juicio, explicó que se quedó paralizada por las acciones de su pariente. Fue uno de los principales argumentos de la acusación particular, y cabe recordar que, de nuevo, ocurrio meses antes de que saliera a luz la polémica de «La Manada».

La menor vivía junto a sus padres, pero al lado del domicilio del condenado, su tío. La víctima tenía una gran relación con su prima. La excelente relación entre ambas familias seguramente facilitó, los hechos, los delitos. El acusado se aprovechó y empezó con los tocamientos a las zonas íntimas de la menor, sin que, según la sentencia, «ella dijera nada a nadie por temor a romper el buen ambiente familiar, hecho que el procesado sabía y utilizaba para obtener satisfacción sexual a costa de la menor».

Según el fallo del tribunal, firmado por tres magistradas, la chica quedó «sorprendida y en estado de shock» cuando el 31 de julio de 2011, a mediodía, el hermano de su padre la abordó en el lavabo de su casa y luego la llevó a su habitación, donde la penetró, sin que «ofreciera resistencia».

«No ha resultado acreditado que el procesado, para llevar a cabo dichos actos, hiciera uso de la fuerza física o amenazas a la menor», concluye el tribunal en su sentencia, por lo que rebaja la petición de la Fiscalía, que reclamaba catorce años de prisión por un delito de agresión sexual, hasta los seis años y medio, por abuso sexual.

A finales de julio de 2011, el acusado, de 51 años, sorprendió a la chica en el baño. Siempre según la sentencia, la tocó, le quitó la ropa interior y la llevó a otra habitación. Ahí la penetró sin preservativo y, sin resistencia por parte de la menor.