Valencia
La presencia de hermanos en el colegio, lo más valorado
Educación barema con quince puntos tener familiares en el centro y diez si el domicilio se encuentra en el área de influencia de la escuela
El decreto de admisión de los alumnos en los colegios públicos y concertados valora con quince puntos poseer hermanos en el centro, siendo así el requisito preferente. Asimismo, vivir en el área de influencia del colegio dará otros diez puntos, mientras que hacerlo en un área limítrofe o que alguno de los padres sea trabajador del centro aportará cinco puntos.
Así lo refleja la deseada norma de admisión publicada ayer en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV), la cual fue firmada el viernes pasado en el pleno del Consell por el presidente de la Generalitat, Ximo Puig, y el conseller de Educación, Vicent Marzà y que entra en vigor hoy.
El documento realizado por la Conselleria de Educación también refleja que la condición de familia numerosa o monoparental general se valorara con tres puntos y la de categoría especial con cinco. En ambos casos se tendrá en cuenta a los hijos o hermanos no nacidos, a los niños en régimen de acogimiento familiar, y a los que, no compartiendo progenitores, estos sean pareja legal y los menores residan en el mismo domicilio.
Se asignarán cuatro puntos cuando exista una discapacidad de entre el 33 por ciento y el 64 por ciento en el alumno y siete si ésta es igual o superior al 65, mientras que en caso de que la discapacidad afecte a los padres o hermanos, se darán tres y cinco puntos, según el porcentaje, por cada uno de ellos en los que se dé esta situación.
Otro requisito que puntúa a la hora de admitir a un alumno en el centro docente es la renta anual de la unidad familiar, mediante la cual se asignará dos puntos a las que sean iguales o inferiores a dos veces el Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples (Iprem).
En caso de empate, se dirimirán aplicando sucesivamente la mayor puntuación obtenida por existencia de hermanos matriculados en el centro, padres trabajadores del mismo, proximidad del domicilio, renta familiar, condición de familia numerosa, discapacidad, familia monoparental, expediente académico o por sorteo.
El decreto establece que las áreas de influencia del centro podrán abarcar todo o parte del término de un municipio, aunque precisa que engloben todo un municipio cuando sea el único centro público de la población y el resto sean concertados, o viceversa.
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