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El Ayuntamiento da el primer paso para limitar el horario de los VTC

La Junta de Gobierno del Consistorio dio luz verde este jueves a la ordenanza, cuya tramitación dependerá del Ayuntamiento de Madrid que salga de las urnas

Un taxi y un vehículo con licencia VTC en el aeropuerto de Barajas/David Jar
Un taxi y un vehículo con licencia VTC en el aeropuerto de Barajas/David Jarlarazon

El Gobierno de Carmena ha aprobado de forma inicial la ordenanza que regulará los vehículos de arrendamiento con conductor (VTC), una normativa que dependerá del Ayuntamiento de Madrid que salga de las urnas.

El Ayuntamiento de Madrid ha dado el primer paso para aprobar la anunciada ordenanza con la que regulará los horarios de prestación de servicio de los vehículos de alquiler con conductor (VTC) en la capital, con en fin de equiparar sus horarios a los del taxi y, además, limitar su circulación en vacío en función del distintivo ambiental de los coches.

La Junta de Gobierno del Consistorio dio luz verde este jueves a la ordenanza, cuya tramitación quedará no obstante pendiente para la próxima Legislatura municipal, dado que ahora se tiene que publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad para abrir un periodo de alegaciones.

En virtud del texto aprobado hoy, los 7.375 VTCs que circulan por la capital podrán prestar servicios un máximo de 16 horas al día durante cinco días a la semana, con la excepción de vehículos adaptados para personas con movilidad reducida y fechas especiales.

Además, los coches que dan servicio a plataformas como Uber y Cabify no podrán parar o estacionar a menos de 100 metros de intercambiadores de transporte.

Cuando tengan que llevar a un pasajero a uno de estos recintos, deberán dejarlos en un aparcamiento público rotacional u otro estacionamiento adecuado.

Asimismo, la norma supondrá la constitución de un registro municipal de autorizaciones para la realización de servicios con origen y destino en la ciudad.

Limitada circulación en vacío

Otra de las novedades que incluirá la norma es la limitación de circulación de los VTC cuando no estén trasladando a un viajero, que se realizará en función del distintivo ambiental que tenga cada coche.

Así, un vehículo con el distintivo 'A' sólo podrá circular vacío el 25% del tiempo que esté en marcha durante un mes. Los coches con categoría ambiental 'B' lo podrán hacer un 35%, mientras que en el caso de los 'C' y los 'Eco' les correspondería un 50% y un 65%, respectivamente.

Para controlar la circulación en vacío, el Ayuntamiento ya ha solicitado al Ministerio de Fomento poder acceso al registro estatal de VTC al que estos coches están obligadas a comunicar todos los servicios que realizan.

Además, la ordenanza prohíbe la circulación de vehículos VTC cuya antigüedad supere los diez años desde su primera matriculación, salvo vehículos históricos.

Los VTC de la capital recorren una media diaria de 174 kilómetros, frente a los 220 kilómetros que recorre un taxi, según datos del director de Gestión y Vigilancia de la Circulación, Francisco Javier López Carmona. El 12% de los coches que entran en Madrid Central son de este tipo, y el 24%, taxis.