Elecciones andaluzas
Los pactos ocultos de la decana de los abogados (también) ante el juez
El conflicto iniciado el 18 de diciembre en el Colegio de Abogados de Madrid tras la celebración de sus más convulsas elecciones amenaza con enredarse todavía más. El anterior decano, Antonio Hernández Gil, decidió instar al Consejo de Colegios de la Comunidad –que agrupa al de Madrid y al de Alcalá de Henares– a investigar los posibles pactos entre candidatos «que pudieran existir y que no se hicieron públicos como obliga la normativa legal» antes de las elecciones y que de haberse realizado invalidarían el resultado que dio como ganadora a la primera mujer decana del Colegio, Sonia Gumpert, imputada tras los comicios por presunto fraude electoral por el Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid.
Tras admitir el requerimiento de Hernández Gil, el Consejo de Colegios recibió la documentación relativa a algunos acuerdos que la misma Gumpert habría suscrito sin informar de su existencia a la Junta Electoral, tal y como informó LA RAZÓN el pasado mes de mayo. Esta información remitida al Colegio giraba en torno a dos pactos presuntamente ilegales: uno suscrito con la Agrupación Pro Abogacía y otro con la candidatura del letrado Emilio Ramírez Matos. Dos acuerdos que vulnerarían, según fuentes próximas al propio Consejo, lo que determinan los estatutos del ICAM y que, por tanto, invalidarían el ya de por sí polémico resultado.
El Consejo de Colegios debía tomar una decisión al respecto, pero las circunstancias particulares del asunto a dirimir han llevado al bloqueo de esta instancia. El Consejo está integrado por 15 personas: los decanos de Madrid y de Alcalá como miembros natos, cinco representantes de ambas juntas de Gobierno –cuatro de la de la capital y uno de la del alcalaíno– y ocho integrantes independientes, de los que cinco son nombrados por el Colegio de Madrid y tres por el de Alcalá.
Precisamente es esta composición la que ha conducido a un callejón sin salida al Consejo. Y es que los cinco integrantes del ICAM no podrán participar en la resolución del recurso al verse directamente implicados en el proceso, lo que reduce el quórum a sólo diez miembros.
A ello se suma el hecho de que otros tres de sus componentes han sido objeto de recusación. La letrada y vocal Urquiola de Palacio fue recusada por haberse pronunciado en varias ocasiones en favor de Hernández Gil, al margen de haber ocupado cargos en el Colegio de Abogados durante el mandato de éste. El pasado 27 de mayo, Montserrat Suárez presentó un escrito para recusar a Vicente Sánchez Rodríguez, decano del Colegio de Alcalá. Argumenta en el escrito que el decano apoyó públicamente a Gumpert a través de varios tuits («la decana es la auténtica joya de su programa electoral») y también en una entrevista a «Informativo Jurídico» en la que asegura sentir «admiración» por la decana de Madrid. En la citada entrevista, Sánchez Rodríguez destaca haber solucionado con Gumpert «en diez minutos» problemas históricos entre ambos colegios. Por todo ello, el escrito de recusación cuestiona la «imparcialidad» de Sánchez Rodríguez al tener «interés personal» y «amistad íntima» con ella. El 12 de junio, otro escrito presentado ante el Consejo solicitó la recusación de su secretario ponente José Ramón Aizpún por haber participado en las deliberaciones de la Junta Electoral la misma noche de los comicios. «Su conocimiento de los hechos tiene influencia en la toma de una decisión posterior, de igual manera que no puede un juez instructor resolver sobre el asunto instruido» argumenta el escrito.
Con ocho de sus integrantes fuera de la toma de decisión, y con sólo siete en disposición de pronunciarse – sólo «quedará válidamente constituido cuando asistan la mitad más uno de sus componentes», recogen sus estatutos–, el Consejo de Colegios no podrá decidir sobre si los presuntos pactos ocultos de Gumpert invalidarían las elecciones. Ante este horizonte, las candidaturas que recurrieron las elecciones «por irregularidades» en el proceso, presentarán, tal y como ha podido confirmar LA RAZÓN en los próximos días, un recurso contencioso-administrativo para que sea el juez el que determine si los pactos deben anular o no el resultado de las urnas. La Justicia deberá pronunciarse por vía de urgencia en un plazo máximo de seis meses.
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