Política

Transporte por carretera

Madrid Central: ¿Los residentes de otras APR pueden circular?

Foto: Jesús G. Feria
Foto: Jesús G. Ferialarazon

Ante la duda de si los residentes en una de las cuatro Áreas de Prioridad Residencial (APR) existentes podrán circular por todo el nuevo área de Madrid Central (MC), desde el Ayuntamiento aclaran que sí, ya que, a efectos de circulación, se establece una única área para los coches registrados. Es decir, se unifican las cuatro APR ya existentes: de las Letras, de las Cortes, de Embajadores y de Ópera. De esta forma quedan integradas en el nuevo perímetro de Madrid Central, sumándose los distritos de Justicia y Universidad y quedando eliminadas las calles de libre circulación que se contemplaban en las APR. Aparte del vehículo principal, se podrán registrar otros dos más, uno más si se es familia numerosa y dos más si se es mayor de 70 años.

Cabe recordar que el hecho de tener autorización para circular por todo este perímetro no implica el estar autorizado a aparcar libremente. Las limitaciones en cuanto a estacionamiento siguen siendo las mismas para los residentes, es decir, se tendrá que aparcar en el barrio en el que corresponda según la zona S.E.R. en la que esté registrado el vehículo.

Dentro de este planteamiento de unificación de zonas, se han eliminado las 1.250 plazas azules destinadas principalmente a los no residentes, por lo que se establece un único periodo máximo de aparcamiento de 2 horas. Pero no será hasta el próximo 23 de noviembre cuando entrarán en vigor las normas de Madrid Central.